N° DE ASUNTO NP11-L-2015-000567
PARTE ACTORA: JESUS RODRIGUEZ Y OTROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 21.639.200 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTO: YUSMILY CAMPOS Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los N° 194.342
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES Y COMSTRUCCIONES BRAGUIS, C.A..
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: ENRIQUE MONTAÑO Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo los números 63.288 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, quince (15) de julio de año dos mil quince (2015), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, en este acto compareció el Abg. ENRIQUE MONTAÑO, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa y se presento los abogados de los trabajadores , pero sin poder que le acredite la cualidad y con la incomparecencia de los demandantes se demuestra la falta de interés que tiene sobre la demanda, y por la no asistencia del demandante, ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por la NO COMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, verificada la no comparecencia de la parte demandante, se procede a dictar Sentencia conforme a dicha incomparecencia. En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se hace del conocimiento a las partes que deben anunciar o consignar las pruebas que consideren pertinente para demostrar su incomparecencia a la Audiencia Preliminar, dentro del lapso legal para interponer el Recurso que haya lugar. Es todo, siendo las 09:00 de la mañana.
EL JUEZ PROVISORIO.

Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA.
LA SECRETARIA


Abg.

LOS COMPARECIENTES.