N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2013-001114
PARTE ACTORA: ORLANDO MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.409.33 de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YASMORE PEÑA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nr 76.152 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA PRODAR, RL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RUBEN HIDALGO inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 148.165
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, 02 de marzo de 2015, comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano ORLANDO MIRANDA, en su carácter de demandante, asistido por la Abg. YASMORE PEÑA, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y el Abg. RUBEN HIDALGO, en su carácter de Apoderado de la empresa, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación de la audiencia, el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y le ofrecen al ciudadano ORLANDO MIRANDA, la cantidad total de NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES, ( Bs. 9.056), el cual es cancelado mediante cheque número 77000719 del ACTIVO, Banco Universal por la cantidad de bolívares 9.056 de fecha 02-03-15 a favor del trabajador quien recibe en este acto . El trabajador y su Apoderado Judicial aceptan la propuesta y están totalmente satisfechos con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
El trabajador y su Apoderado El Secretario(a)

El Apoderado de la empresa






En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).