REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 31 de marzo de 2015.
204° y 156°.

Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. Y en aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Comparece la ciudadana MARIA HILDA NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.162.932, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la abogada en ejercicio JANNETH CAROLINA ARNIAS VALBUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.220, de este mismo domicilio, y solicita que se declare suficiente los derechos que tiene ella como Única y Universal Heredera del ciudadano ALFONSO JESUS PERDOMO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.449.743 y falleciera en fecha 09 de junio de 2014, en la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano Alfonso Jesús Perdomo Núñez, signada bajo el No.95, de fecha 11 de junio de 2011, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia; 2) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano Alfonso Jesús Perdomo Núñez, signada bajo el No. 1938, de fecha 28 de enero de 2008, emitida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; 3) Justificativo de testigo evacuado por ante la Notaria Pública Segunda de Maracaibo, de fecha 04 de noviembre de 2014; 4) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano Jesús Alfonso Perdomo, signada bajo el No. 879, de fecha 13 de febrero de 2015, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; 5) Copia fotostática simple de la cédula de identidad de los ciudadanos Jesús Alfonso Perdomo y María Hilda Núñez. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara a la ciudadana MARIA HILDA NUÑEZ, COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL CIUDADANO ALFONSO JESUS PERDOMO NUÑEZ. Así se decide.-Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
LA JUEZ TITULAR

Abog, GLENY HIDALGO ESTREDO.
EL SECRETARIO.

Abog, JUAN CARLOS CROES.