JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURÍN, SIETE (07) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

205º y 156º

Vista la anterior diligencia, suscrita por el abogado en ejercicio EZEQUIEL A. MONSALVE F., venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.955, donde solicita se Homologue la transacción consignada por las parte demandante en fecha 05 de Marzo del presente año; este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa; le informa que en fecha 10 de octubre del año 2.014, cursante del folio (186), se dicto sentencia pasada en cosa juzgada en el presente expediente, evidenciándose también que la transacción suscrita por las partes existen condiciones pendiente, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.-



ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ

LA SECRETARIA
ABG. YOHISKA MUJICA LUCES







Exp: 32.492
AJLT/Yamilet