N° DE ASUNTO NP11-L-2015-000165
PARTE ACTORA: JOSE MUÑOZ, titular de la cedula de identidad N° 18.080.775 de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OSCAR ARAGUAYAN Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los N° 30.002
PARTE DEMANDADA: MEGAMERCADO DON CHANG, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA, ANA SILVA Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 36.086 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES OCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, 20 de mayo de 2015, comparecieron por ante este Tribunal el Abg. OSCAR ARAGUAYAN en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y la Abg. ANA SILVA, en su carácter de Apoderada de la empresa MEGAMERCADO DON CHANG, C.A., , identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación de la audiencia, el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y le ofrecen la cantidad total de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES, ( Bs. 35.974) el cual será cancelado de la siguiente manera la cantidad de Bs. 25.000 que serán consignado por ante la OCC de esta Coordinación para el día 25-05-15, y los 10.974 bolívares están depositados en la cuenta de ahorro del trabajador por pago de fideicomiso . El Apoderado Judicial acepta la propuesta y está totalmente satisfecho con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de Diferencia de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata

El Apoderado del demandante El Secretario(a)

La Apoderada de la empresa




En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).