REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 11 de Mayo de dos mil Quince
205º y 156º

(SIFD: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO 130 LOPT)

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2013-001407
PARTE ACTORA: ANGEL AVILA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JAVIER ADRIAN y HUMBERTO BUCARITO
PARTE DEMANDADA: PDVSA PETROLEO, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSMARIBER JOSEFINA BOTINO y MARIA GABRIELA FIGUERA PEÑA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 11 de Mayo de 2015, siendo las 8:45 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACIÓN de la Audiencia Preliminar, fue anunciado el acto a las puertas del Tribunal a las partes involucradas a la presente causa. Se deja expresa constancia de que la parte actora el abogado en ejercicio HUMBERTO BUCARITO, titular de la cédula de identidad N°11.780.041, inscrito en el IPSA N°92.843, en su condición del ciudadano ANGEL AVILA, titular de la cédula de identidad N°4.364.027, no compareció a la realización de la PROLONGACIÓN de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, se deja constancia que por la entidad de trabajo PDVSA PETROLEO, S.A., comparecen el abogado en ejercicio OSMARIBER JOSEFINA BOTINO SOLANO, titular de la cédula de identidad N° 13.998.246, inscrita en el IPSA N° 101.308, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, según consta de copia certificada de Poder que riela a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Maturín, a los 11 días del mes de Mayo de 2015. Años 205 ° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Jueza Titular,


Abg. YISSEIN LÓPEZ
El Secretario (a)

Abg.
La apoderada judicial de la demandada