REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 7 de Mayo de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-002977
ASUNTO : NP01-S-2011-002977



Corresponde a este Órgano Jurisdiccional emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud, interpuesta por el ciudadano Abogado William Gil, en sus carácter de Defensor Privado del imputado FREDDY JOSE LEONETT SIERRA, mediante lo cual solicita el traslado hasta el Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense Región Monagas , quien se encuentra recluido en la Policía del Estado Monagas, para que sea atendido y examinado por el médico por presentar serios problemas de salud, síntomas de fiebre alta, y ataques de pánico, presuntamente presenta amibiasis, evacuaciones continuas desde hace 3 días. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho en cual se fundamenta el Defensor Privado para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado con la seguridad del caso del imputado ciudadano FREDDY JOSE LEONETT SIERRA, hasta Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense Región Monagas, a los fines de que se le practique Evaluación Medica Forense, por medico o medica forense de guardia. Asimismo se oficie a los fines de que se remite a la brevedad posible las resultas de dicha evaluación médica. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Control, Audiencias, y Medidas (Guardia)

Abga. Dulce Lobatón B.




La Secretaria Judicial

Abga. GARCIELA CIRCELLI J.