En la ciudad de Maturín, Estado Monagas, en el día de hoy, veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil quince (2.015), siendo las 10:30 a.m., presente en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el Juez del mismo, Abogado GUSTAVO POSADA VILLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.250.056, quien expuso: Se le advirtió a las partes en audiencia conciliatoria celebrada en este despacho sobre la gravedad de haber demandado dos veces por el mismo motivo, las mismas partes y haberse logrado una medida cautelar por los dos juzgados de primera Instancia, siendo así, adelanté criterio en el juicio, en el presente juicio que por motivo de DIVORCIO ORDINARIO que incoara por ante este despacho la Ciudadana KARLIZZA MALAVE DE BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de identidad N° V- 12.154.485 y de este domicilio, debidamente asistida por su abogada apoderada MILENA COROMOTO MARTINEZ FIGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.204.533, y de este domicilio. En contra del ciudadano OTONIEL JOSE BERMUDEZ MOTAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 13.249.865, en consecuencia me inhibo de conocer la misma con fundamento en el ordinal 15 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, remítase en su oportunidad el expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma circunscripción judicial, a los fines legales pertinentes, así como las copias a que hubiere lugar al Juzgado Superior. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
El Juez,

Abog. Gustavo Posada Villa





GPV/nlo
Exp . Nº 15.665









INHIBICION DEL
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

PARTES


DEMANDANTE: KARLIZZA MALAVE DE BERMUDEZ ..



DEMANDADO OTONIEL JOSE BERMUDEZ MOTAS



MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO




EXPEDIENTE Nro.: 15.665


Fecha: 25 de Septiembre de 2015.-
















La que Suscribe, Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Abg. MILAGRO PALMA, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.336.226, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que antecede son traslado fiel y exacto de su original respectivo, cursante al expediente signado con el Nº 15.665 de la nomenclatura interna de este Juzgado, cursante a los folios ____ al ____, ambos inclusive, y las mismas se expiden de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Maturín, 25 de Septiembre de 2015.-
La Secretaria,

Abg. Milagro Palma