REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 31 de Agosto de 2016
206º y 157º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2015-000028
ASUNTO : NP01-D-2015-000028
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. MARIA HERMINIA LUONGO
SANCIONADOS: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA
RESOLUCION: SE REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida, impuestas a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.226.110, de 16 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: DAYALITH DEL VALLE CHALO (V) y de DESCONOCIDO, profesión u oficio: estudiante, natural de Maturín, estado Monagas, nacido en fecha 14-04-1997, domiciliado en la Cruz de la Paloma, Calle Vista El Sol, Villa Hawei, Casa sin numero, Municipio Maturín, Estado Monagas, teléfono 0424-9250207 (mamá), IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 28.216.757, de 15 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: ALICIA BARRETO (V) y de FELIX DANIEL MISEL, profesión u oficio: estudiante, natural de El tigre, estado Anzoátegui, nacido en fecha 14-01-2000, domiciliado en la Invasión de la Puente, Ali Primera II, Calle Nº 11, Casa sin numero, Municipio Maturín, Estado Monagas, teléfono 0291-327.29.50 (abuela) 0416-0908631 (mama) y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 29.934.654, de 17 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: JOSEFINA DEL CARMEN BARRETO (V) y de GUATARASMA CASTILLO, profesión u oficio: indefinida, natural de Maturín, estado Monagas, nacido en fecha 03-10-1997, domiciliado en la Invasión de la Puente, Calle Corazón de Jesús, Casa sin numero, cerca de la cancha, Municipio Maturín, Estado Monagas. Teléfono: 0416-0908631 (tía), quienes fueron sancionados a cumplir DOS (02) AÑOS DE PRIVATIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 628 Parágrafo Segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COATORIA previsto y sancionado en los articulo 8 y 9 Ley Sobre Hurto Y Robo De Vehiculo Automotor en concordancia con el articulo 83 del Código Penal y Uso de Facsimil, previsto en sancionado en el articulo 114 para la Ley Para El Desarme y Control de Armas y Municiones. Este Tribunal para decidir observa:

En fecha 30/03/2016 SE REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD A LOS SANCIONADOS IDENTIDAD OMITIDA por la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de NUEVE (09) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS.

Ahora bien, se recibió Informe del Programa de libertad Asistida, en el cual se evidencia que los sancionados IDENTIDAD OMITIDA, iniciaron en dicho programa en fecha
31/03/2016 desde la fecha cumplen con las metas del plan individual, acatando las normas mostrando responsabilidad, realizando las actividades asignadas.

Se observa que desde el día 31/03/2016 hasta el día de hoy 31/08/2016 han cumplido con la medida por el lapso de CINCO (05) MESES, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y DIECISESIS (16) DIAS, en consecuencia se revisa y mantiene la medida, a los fines de que los prenombrados sancionados continúen recibiendo las orientaciones y supervisión necesaria para una adecuada convivencia familiar y social.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA por el lapso de NUEVE (09) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS. Se determina que han cumplido CINCO (05) MESES, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y DIECISESIS (16) DIAS. Se fija la PRÓXIMA REVISIÓN para el día VIERNES 13 DE ENERO DE 2017. Impóngase a los sancionados. Notifíquese a las partes. Remítase Copia Certificada al Programa de Libertad Asistida. Diarícese, Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA,

ABG. FANNY CARDIEL.-