REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, once (11) de agosto de dos mil diez y seis (2 016)
206º y 157º

ASUNTO N° NP11-L-2016-000051
DEMANDANTES: JOSE TOMAS BERMUDEZ C.I. 9.295.901

ASISTIDO POR: Abogado ERRICO DESIDERIO SCALA Inscrito en el Inpreabogado con el N° 42.284
ENTIDAD DE TRABAJO DEMANDADA: EMPRESA EDITORIAL DOS MIL, C.A. y SALVADOR ANTONIO TERMINI GUZMÁN. NO COMPARECEN.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el contenido de la diligencia de fecha 09 de agosto de 2 016, en que el ciudadano JOSE TOMAS BERMUDEZ aasistido por el abogado ERRICO DESIDERIO SCALA parte actora, tal como se evidencia en autos, quien desiste del procedimiento intentado en contra de las Entidades de trabajo EMPRESA EDITORIAL DOS MIL, C.A. y SALVADOR ANTONIO TERMINI GUZMÁN . Siendo que este Tribunal a la fecha de la diligencia no se ha pronunciado respecto de la admisión de los hechos registrada en acta de fecha 02 de agosto de 2016 y Por cuanto la parte actora, DESISTE FORMALMENTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION al recibir pago por la cantidad demandada; este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, con sede en la ciudad de Maturín, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION realizado por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así expresamente se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la ciudad de Maturín, a los once (11) días del mes de agosto de 2016. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

La Jueza,


Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ

La Secretaria,

Abg.

DP/dp