N° DE ASUNTO NP11-L-2016-000757
PARTE ACTORA: DIEGO LANZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número 22.712.085y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTO: ERRICO DESIDERIO Y OTROS, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 42.284
PARTE DEMANDADA: HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A..
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BERTHA GUZMAN Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 184.061 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 02 de diciembre de 2016, comparecieron por ante este Tribunal el Abg. ERRICO DESIDERIO, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y las Abg. BERTHA GUZMAN, ALBA ESTABA, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la empresa HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A., identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación de la audiencia preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y le ofrecen cancelar al ciudadano DIECO LANZ, la cantidad total de SETENTA MIL BOLIVARES, ( Bs. 70.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación del Trabajo para el día 09-12-16. El Apoderado Judicial acepta la propuesta y está totalmente satisfecho con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de Pago de Prestaciones Sociales de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
El Apoderado del demandante El Secretario(a)

La Apoderada de la empresa



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario(A)