REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 9 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006902
ASUNTO : NP01-P-2010-006902

AUTO QUE DENA LIBERTAD INMEDIATA EN VIRTUD DE SENTECIA PROFERIDA POR LA DRA: DULCE LOBATON JUEZA EN FECHA 6-11-2016

En el día de hoy, sábado 9 de enero de 2016, siendo la 1:26 horas de la tarde, se constituye el Tribunal único de Juicio Especializado en Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas, presidido por la Ciudadana Jueza ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO, acompañada del Secretario Judicial ABG. JUAN CARLOS GARCIA, Asistente, JACOBO BRAVO, (GUARDIA), Alguacil SALVADOR RIVERO (GUARDIA) vistas las actuaciones consignadas en la presente fecha 9-1-2016, por la policía del Estado Monagas según oficio N.- 00053 de fecha 8 de enero del año 2016, donde fue aprehendido el Ciudadano VICENTE ROJAS ZERPA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.103.274, de 60 años de edad, de profesión u oficio Maestro de Obra de construcción, nacido en fecha 19-07-1954, domiciliado en: Ejidos, Urb. JOSE ADELMA GUTIERREZ Calle San Francisco, casa número 13, Mérida Estado Mérida, teléfono 0412-1177082, quien se encocntraba solicitado por el Tribunal Cuarto de Control penal del Estado Monagas, según oficio N.- 10878 de fecha 2909-2010 Expediente NP01-P-2010-006902, por el Delito de Violación. Por lo que de un análisis dispensado al presente Asunto penal se verifica que efectivamente el Tribunal Cuarto de Control penal del Estado Monagas, declinó la competencia al Tribunal único de Juicio Especializado en el Delito de Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas, quien realizó el juicio Oral y Público y en fecha 6 de noviembre del año 2014, decreta sentencia en los siguientes: SENTENCIA ABSOLUTORIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 107 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Quien enfrentó Juicio Oral y Privado por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con las Agravantes del artículo 77 ordinales 8 y 9 del Código Penal y se decretó el cese de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el ciudadano VICENTE ROJAS ZERPA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.103.274, y se ordena su inmediata libertad desde la Sala de juicio. Se ordena la exclusión del prenombrado ciudadano al ciudadano VICENTE ROJAS ZERPA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9103274, de 59 años de edad, del Sistema de Información Policial (S.I.P.O.L). En consecuencia este Tribunal habilitado a tal fin procede a decretar LA LIBERTAD INMEDIATA VICENTE ROJAS ZERPA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.103.274, de 60 años de edad, de profesión u oficio Maestro de Obra de construcción, nacido en fecha 19-07-1954, domiciliado en: Ejidos, Urb. JOSE ADELMA GUTIERREZ Calle San Francisco, casa número 13, Mérida Estado Mérida, teléfono 0412-1177082, y se acuerda dejar sin efecto los oficios que ordenaron dicha orden de aprehensión antes los Órganos de Seguridad, del Estado Monagas, y sea excluido del sistema de información policial (SIPOL), en relación al presente Asunto Penal Todo en atención a lo que dispone el artículo 2 y 26 del Texto Constitucional . Líbrese lo conducente.

JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO


CIUDADANO

VICENTE ROJAS ZERPA


SECRETARIO JUDICIAL
ABG. JUAN CARLOS GARCIA