REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOATEGUI, Y BOLIVAR
Maturín, 19 de Enero de 2016.
205º y 156º
Por recibido el presente expediente y a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 229 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se advierte a las partes, que ésta Instancia Superior Agraria se abstiene de fijar los lapsos legales, hasta tanto conste en autos las copias certificadas de las diligencias escritos o actuaciones que corren desde el 13 de agosto del 2015 (a excepción de la sentencia, del oficio 025-358/2015, y del acta de ejecución de esta misma fecha,) hasta el 29/10/2015, (a excepción de la sentencia proferida en esta fecha), así como los días de despacho transcurridos, desde 13/10/2015, hasta el 29/10/2015, ambas fechas inclusive, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito del estado Bolívar, Ciudad Bolívar, en consecuencia se ordena librar oficio a fin que el referido tribunal remita lo conducente.
La Jueza Suplente
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste
El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ
Exp. Nº 0409-2016.
JWS/JWM/Hernán