REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 25 de Enero de 2016
205º y 156º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, Me Aboco de Oficio al conocimiento de la presente causa, ordenándose la notificación de la ciudadana MAYRA ISABEL MARTINEZ VIUDA DE SAVELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.733.784 con domicilio procesal en el Parcelamiento Miranda, Sector “C”, Urbanización Nueva Cádiz, Calle Margarita, Quinta Mayra, Cumana estado Sucre; representada judicialmente por el abogado Nicolás López Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 589.955, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.216, (parte demandante) en contra de la actuación administrativa de adjudicación de hecho cometida por una comisión de la Oficina Regional de Tierras del estado Monagas (ORT–Monagas), adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRA, (parte demandada), en la persona de su presidente y/o de su(s) apoderado(s), al Procurador General de la República, al Fiscal Contencioso Administrativo y/o Garantías Constitucionales del Ministerio Publico, y a los ciudadanos Divino Barros Silva, Roque Alves Texeira, Emilio Belmonte, Pedro Fulgencio Burgos, Leonardo Antonio Febres Benavides y Antonio Manuel Saviñon Marine, venezolanos y el ultimo de nacionalidad extranjera, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 25.909.030,V- 24.503.477, V-19.256.358, V-8.356.526, V-4.619.651 y E-82.015.142 respectivamente, en su condición de terceros interesados, así como a cualquier otro interesado mediante cartel de notificación, todos mediante boletas, informándoles que una vez que conste en auto la ultima de las notificaciones y transcurrido el lapso de diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más seis (6) días que se le concede como término de la distancia y una vez vencido esto comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzarán a correr los lapsos correspondientes, para lo cual se ordena librar boletas de notificación, oficio y cartel de notificación, el cual será publicado en la cartelera de esta Instancia Superior Agraria.
La Jueza,

JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario

JHON WILMER MÉNDEZ




Exp.0075-2013
JWS/jwm/ma.-