REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, Once (11) de Febrero de 2016.-
205º y 156º


PARTE DEMANDANTE.-

CRISALIDA SALAS MARGARITA SALAS GARCÌA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 12.539.884.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE:

DELIA DEL C GUEVARA TINEO, inpreabogado Nro. 65.438.

PARTE DEMANDADA.-

HUGO GONZÀLEZ y BRICEIDA DEL VALLE SUBERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdulas de identidad Nros. 2.777.017 y 3.754.217, respectivamente.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE:

IRSA IRMA MORENO LIENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 10.472.877, inpreabogado Nro. 146.385.

MOTIVO: PARTICIÒN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA

EXPEDIENTE: Nº 14027

LAS PARTES TRANSAN EN LA ETAPA EJECUTIVA DE LA SENTENCIA

En fecha 24 de Enero de 2016, comparecieron los ciudadanos HUGO GONZALEZ y BRICEIDA DEL VALLE SUBERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdulas de identidad Nros. 2.777.017 y 3.754.217, asistida por la abogada IRSA MORENO, inpreabogado 146.385; quienes manifestaron lo siguiente: “…El dìa 13 de Enero del presente año se acordó entre las partes resolver amistosamente en un lapso de diez (10) dìas de despacho, la particiòn de los inmuebles objetos de la particiòn, en vista de que en este lapso no tuvimos un acuerdo en donde volver a encontrarnos y ratificar la decisión de que los terrenos tendrían la siguiente distribución que sería otorgada en buena pro: 1) bienhechurìas ubicada en la calle A, casa Nº 14, Manzana A, casa Nº 14, Manzana A, Sector Prados del Sur, Parroquia Alto de los Godos, a la ciudadana, CRISALIDA MARGARITA SALAS GARCÌA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 12.539.884, y 2) Parcela de ejidos municipales ubicada en el sitio llamado Quebrada del Cura, Municipio Piar del Estado Monagas, carretera nacional que conduce a Aragua de Maturìn, los ciudadanos HUGO GONZALEZ y BRICERIDA DEL VALLE SUBERO, cèdula de identidad Nº 2.777.017 y 3.754.217, respectivamente. En vista de no haber tenido una reuniòn extrajudicial entre las partes, ratificando lo conversado el dìa 13 de Enero del corriente año, nosotros, HUGO GONZALEZ y BRICEIDA SUBERO, antes identificado y asistido por la abogada YRSA MORENO, mantenemos la posición de que los inmuebles objeto de la particiòn sea distribuido en la manera antes mencionada…..”
“En horas de despacho del dìa de hoy tres (3) de Febrero (2) del año dos mil dieciséis (2016), comparece por ante la sala de este Tribunal la abogada en ejercicio DELIA GUEVARA TINEO, inpreabogado Nro. 65.438, con el caràcter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana CRISÀLIDA SALAS, en acciòn que se incoara contra HUGO GONZALEZ y BRICEIDA DEL VALLE SUBERO, quien expone: Vista la diligencia que antecede a esta y donde la parte demandada propone la particiòn de los bienes inmuebles, asignándole a la parte demandante la parcela de terreno de ejidos municipales y las bienhechurìas sobre ella construida de aproximadamente DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 Mts2), ubicado en Prados del Sur, Manzana A, Parcela Nº 14, alinderada asì: NORTE: Con casa que es o fue de Norvis del Valle Garcìa de Gonzàlez, SUR: Con casa que es o fue de Juvenal Reyes Martín, ESTE: Con Hato Rosillo y OESTE: Con calle principal de la Manzana A de Prados del Sur, informamos al Tribunal, a los fines legales consiguientes, que aceptamos la oferta y de esta manera ponemos fin al juicio cursante en la presente causa, por lo que le solicito la homologación del acuerdo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman….”
Ahora bien, visto el acuerdo celebrado entre las partes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, declara homologado el acuerdo en lo que respecta a la Liquidación de bienes en las mismas condiciones y términos acordadas por las partes.
El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa
La Secretaria

Abg. Milagro Palma

GP/njc
Exp. Nº 14027