REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 15 de Julio de 2016
206º y 157º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, ME ABOCO DE OFICIO al conocimiento de la presente causa, se ordena la notificación a la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA PATIO GRANDE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, el 29 de marzo de 2005, bajo el Nº 63, Tomo 14-A, con modificación el 17 de abril de 2007, Nº 173, Tomo 20-A-Pro, e inscrita en el Registro de Información Fiscal con el Nº J-31306765-2, representada por el ciudadano OSCAR ENRIQUE D’ AVANZO ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.759.824, con domicilio procesal en la Calle 3, Valles del Neverí, Sector Naricual, de la ciudad de Barcelona estado Anzoátegui, representado judicialmente abogada Adriana Del Valle Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 116.140, (parte recurrente), informándoles que una vez que conste en autos la última notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, mas un (01) día concedido como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, vencido este, se reanudará en el estado que se encuentra. En consecuencia se ordena librar boleta de notificación al recurrente. En cuanto a la notificación del recurrente se ordena entregar la misma al Alguacil de este Tribunal de Alzada Daniel Briceño, a los fines de dar cumplimiento.
La Jueza Suplente,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ









Exp. Nº 0302-2014.-
JWSP/JWMC/HumbertoC.-