REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 30 de Marzo de 2016.
205º y 156º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, ME ABOCO DE OFICIO al conocimiento de la presente causa, en consecuencia, se ordena la notificación, a los ciudadanos CAPITANES INDIGENAS DEL PUEBLO PEMÓN DE SANTA CRUZ DE MAPAURÍ DEL ESTADO BOLIVAR; Al INSITUTO AUTONOMO INDIGENA DEL ESTADO BOLÍVAR, adscrito a la Gobernación del Estado Bolívar; A la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR; A los CIEN (100) CIUDADANOS Y CIUDADANAS, VENEZOLANOS Y VENEZOLANAS, en la persona de la Coordinadora General del Comité Promotor del Movimiento por la Paz y la Vida del Estado Bolívar; Al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA, Al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS; Al VICEMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PARA EUROPA, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores; Al INSTITUTO NACIONAL DE PARQUES (INPARQUES), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas; A LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD WARAO DEL ESTADO DELTA AMACURO; A LOS TERCEROS INTERESADOS mediante cartel de notificación, informándoles que una vez que conste en autos la última notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más seis (06) días que se le concede como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, vencido este se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar oficios, boleta, despacho de comisión y cartel de notificación el cual se fijara en la cartelera de este tribunal.
La Jueza suplente,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ CONTRERAS
Exp. 0360-2015.
JWSP/JWMC/Daniel J*