REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 30 de Marzo de 2016.
205º y 157º

Por cuanto de la revisión de las actas, se evidencia que hasta la presente fecha, no hay resultas de la información requerida al Gerente de Telecomunicaciones de Movilnet, mediante oficio Nº 0074-16 del 15/02/2016, es por lo que esta Instancia Superior Agraria ordena librar nuevo oficio a los fines de solicitar la información requerida, señalándole igualmente a dicha institución, que una vez notificada deberá remitir lo requerido en un plazo de 48 horas, so pena de incurrir en lo tipificado en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es del tenor siguiente: “Los jueces y juezas cumplirán y harán cumplir las sentencias y autos dictados en ejercicio de sus atribuciones legales. Para el mejor cumplimiento de las funciones de los jueces y juezas, y tribunales, las demás autoridades de la República están obligadas a prestarle la colaboración que le requieran en el desarrollo del proceso. En caso de desacato, desobediencia a la autoridad o incumplimiento de la orden judicial, el juez o jueza tomará las medidas y acciones que considere necesarias, conforme a la ley, para hacer respetar y cumplir sus decisiones. Cuando el Juez o Jueza aprecie u observe la comisión de algún hecho punible con ocasión al incumplimiento de la orden, está obligado u obligada a notificar inmediatamente al Ministerio Público, a los efectos legales correspondientes”. Asimismo, se advierte a las partes que de no constar en autos lo solicitado en el plazo señalado, esta Instancia Agraria se pronunciara sobre el fondo del asunto el día de despacho siguiente. Líbrese oficio.-

La Jueza,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario,
JHON WILMER MENDEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.

El Secretario,
JHON WILMER MENDEZ

Exp. 0414-2016
JWS/jwm/ar.-