REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, ME ABOCO DE OFICIO al conocimiento de la presente causa, se ordena la notificación del ciudadano ROMULO CELESTINO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.634.953; domicilio procesal en la Carrera 07, Antigua Calle Carvajal N° 207, Maturín Estado Monagas, (parte demandante en la causa principal y co-demandado en el Exhorto de Tercería) así mismo, Al Presidente de la Empresa CVG Productos Forestales de Oriente Compañía Anónima, CVG PROFORCA y/o apoderado judicial Abogado Roberto Ignacio Mirabal Acosta, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.605.647, domiciliado en la Calle Caicara Carrera el Miamo, Centro Empresarial Ferrocasa, Torre A, Piso 06, Ciudad Guayana, Estado Bolívar, (parte demandada en la causa principal y co-demandante en el Exhorto de Tercería), informándoles que una vez que conste en autos la última notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, mas cuatro (04) días concedidos como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, vencido este, se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar oficios, boleta y despacho de comisión.-.