REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOATEGUI, Y BOLIVAR

Maturín, 03 de Mayo de 2016
206º y 157º

Visto que el 14 de Abril de 2.016, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con Competencia Transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui, y Bolívar, dictó sentencia en el presente expediente, y vencido como se encuentra el lapso, previsto en el artículo 235 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que las partes hicieran uso de tal derecho; la declara firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de la causa, de igual forma conforme a lo ordenando en la sentencia antes mencionada se ordena remitir copia certificada de la misma a Rectoría del Estado Bolívar. Líbrense oficios.
La Jueza Suplente,

JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario,

JHON WILMER MENDEZ CONTRERAS

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.


El Secretario,

JHON WILMER MENDEZ CONTRERAS









Exp. Nº 0411-2016
JWS/jwmc/fernando