REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 14 de Noviembre de 2016.
206º y 157º

Vista la sentencia del 02/12/2015 (Folios 262 al 286 Pieza 2), dictada por esta Instancia Superior Agraria y por cuanto se observa que se encuentra vencido el lapso previsto en el articulo 235 de la ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que la parte actora, hiciera uso de tal derecho; la declara firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio.
La Jueza,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ


Exp. 0193-2013
JWS/jwm/ar.-