REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 14 de Noviembre de 2016
206º y 157º


Vencido como se encuentra el cómputo establecido en el auto dictado por este Juzgado Superior Agrario de fecha 01/11/2016, en consecuencia, se da por reanudada el presente asunto, en el estado que se encontraba de notificar a la parte demandada de la decisión dictada por el hoy extinto Juzgado Superior Quinto (5to) Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en fecha 20/12/2001, (folios 335 al 337); Ahora bien, en fecha 22/01/2002, mediante diligencia la Parte Actora se dio por notificada de dicha sentencia, asimismo solicitó, se comisione al Juzgado de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mcgregor y Santa Ana de la circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, para que practicara la notificación de la Parte Demandada, sin embargo, en fecha 18/04/2002, la parte demandada se dio tácitamente por notificada, en virtud que dicha notificación la recibió la ciudadana AMANDA BARRIOS, hija del ciudadano EMILIO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad V-1.183.223, (Parte Demandada), en consecuencia, este Tribunal a los fines de garantizar el Derecho a la Defensa, y el Debido Proceso consagrados en nuestra Carta Magna, es por lo que se ordena librar Boletas de Notificación a la parte demandada, a los fines de notificar sobre la sentencia del hoy extinto Juzgado Superior Quinto (5to) Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, de fecha 20/11/2001, asimismo, se autoriza suficientemente al ALGUACIL de este para que cumpla lo ordenado.
La Jueza Suplente,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario
JHON WILMER MENDEZ CONTRERAS.

En esta misma fecha se libró lo ordenado, Conste.

El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ CONTRERAS






Exp. Nº 0211-2013.
JWS/JWM/JR