REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 28 de Octubre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2016-002603
ASUNTO : NP01-P-2016-002603

Corresponde a este Tribunal dictar la presente decisión en la cual la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Monagas presento su acto conclusivo en fecha 27 de Septiembre de 2016, solicitó el SOBRESEIMIENTO de la misma en cuanto al delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, a tenor de lo establecido en el primer supuesto del numeral 1 del Artículo 300 en concordancia con el Artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, observándose al respecto:

En fecha 17/04/2016, se realizo Audiencia de Presentación de imputado en el Hospital Dr. Manuel Núñez Tovar, de esta ciudad de Maturín, seguido al ciudadano EVIN JESUS RODRIGUEZ FERMIN, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal, y se le otorgo MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo establecido en los artículos 236, 237 ordinales 2, 3 parágrafo primero 238 parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal.-

Del estudio de la causa, se evidencia entonces, Encontrándose en presencia de uno de los delitos contra la propiedad, específicamente del delito ROBO AGRAVADO; previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en virtud que el hecho denunciado objeto de la presente investigación y por ende no puede individualizarse para accionar penalmente sobre éste, de conformidad establecido en el primer supuesto del numeral 1 del Artículo 300 en concordancia con el Artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera procedente el Sobreseimiento de la presente causa.-

En base a lo anterior, este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano EVIN JESUS RODRIGUEZ FERMIN, plenamente identificado en actuaciones, en virtud de la conducta desplegada no puede atribuírsele al imputado, de conformidad establecido en el primer supuesto del numeral 1 del Artículo 300 en concordancia con el Artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Como quiera que el Fiscal Tercero del Ministerio Público, presento FORMAL ACUSACIÓN en contra del ciudadano EVIN JESUS RODRIGUEZ FERMIN, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal, fijada para el día de hoy, a las 11.00 horas de la mañana, procederá la Secretaria de Sala a verificar la presente Audiencia.-

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-

La Juez


ABG. GREYCIMAR VALLEJO

La Secretaria

ABG. PAOLA CONTRERAS