REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 25 de Octubre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2016-001939
ASUNTO : NP01-S-2016-001939


Por recibido el presente asunto y vista la solicitud presentada por el ABG. ALEYANDRA DASNEVES , Fiscal Novena del Ministerio Público del Estado Monagas, mediante la cual y sobre la base de lo presentado, solicita al Tribunal sea librada Orden de Aprehensión, en contra del ciudadano, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO VILLANUEVA FUENTES , venezolano, natural del Estado Monagas, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.632.938, chofer, soltero , de residencia no identificada; por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL ADOLESCENTE CON PENETRACION , previsto y sancionado en el articulo 260 Y 259 Encabezamiento y primer aparte de la Ley orgánica para la protección de niños , niñas y adolescente en concordancia con el articulo 217 y 218 de la misma ley , en perjuicio de ADOLECENTE DE 17 AÑOS DE EDAD (CUYA IDENTIDAD DE OMITE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOPPNA) , correspondiéndole a este Tribunal pronunciarse en relación con la solicitud que al efecto hiciera la Fiscalia Novena del Ministerio Público de este Estado, referida a la ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del indicado ciudadano, según lo pautado en el Artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal; evidenciándose que dicha representación Fiscal presenta las actuaciones dentro de lapso legal correspondiente, y cuyos elementos para su ratificación son los siguientes:
1.- Cursa al folio (1) DENUCNIA DE FECHA , de fecha 24-07-2016, interpuesta ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, base Punta de Mata Estado Monagas, mediante la cual deja constancia de la identificación plena del ciudadano investigado JOSE GREGORIO VILLANUEVA FUENTES , de nacionalidad venezolana, natural de Maturín estado Monagas , fecha de nacimiento 09-06-1978, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.463.522 , residenciado en : Calle Sucre , casa nro 14 sector centro de caicara de Maturín , estado Monagas .
2.- Cursa del folio cinco (05 INSPECCIÓN TÉCNICA, de fecha 24-07-2016, suscrita por los funcionarios FREDY RIVAS Y WILLIAMS CUPANO , adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Base Punta de Mata Estado Monagas, en la siguiente dirección: SECTOR LOS CARDONES , ZONA BOSCOSA , VIA PUBLICA , MUNICIPIO CEDEÑO ESTADO MONAGAS “TRATESE DE UN SITIO ABIERTO…”
3.- Cursa al folio SEIS ( 06) ENTREVISTA, de fecha 27-07-2016 , del ciudadano PABLO JULIAN CAMPO , en su condición de testigo “ el día Domingo 24-07-2016… observe a una joven que venia corriendo desnuda, gritando y llorando , solicitando auxilio … me comento .. Que un sujeto en una moto roja … en una zona boscosa …. Había abusado sexualmente de ella… en vista de esto llame a la policía…
4 .- Cursa al folio siete (07 ) ENTREVISTA, PENAL de fecha 28-07-2016, de la ciudadana SE OMITE, en su condicion de testigo , quien expone “ El sabado 23-07-2016 , me encontraba en la gallera de san felix de caicara .. llego un sujeto apodado el morocho en una moto de color roja … luego mi hermana le dice que quería manejar la moto …. El morocho le dijo que la enseñaba…. Se fueron en la moto y no supe mas de ella .. ya el domingo 24-07-2016 llego mi hermana en una patrulla de la policía …
5- Cursa al Folio once (11) , informe medico nro 356 1757-3345-6 de fecha 14-09-2016, suscrita por el medico forense Dr. Elias Bachourt , practicada a la adolecente el cual arrojo “ EXAMEN FISICO: SE EVIDENCIA MULTIPLE ESCOLIACIONES LINEALES (PUAS) EN RODILLAS EN REGION SACRA , AMBOS TOBILLOS, EXAMEN GINECOLOGICO : GENITALES DE ASPECTO Y CONFIGURACION CONSERVADAS , HIMEN CON DESGARRO RECIENTE EN HORA 5 Y 7 , DESGARRO EN INTROICO VAGINAL HORA 6 . EXAMEN ANO RECTAL: ESFINTER TONICO , PLIEGUES RADIALES PARCIALMENTE BORRADOS, POR EL PROCESO INFLAMATORIO ..”
De autos se desprende la presunta comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no está prescrita dado lo reciente de su consumación, como lo es el delito de ABUSO SEXUAL ADOLESCENTE CON PENETRACION , previsto y sancionado en el articulo 260 Y 259 Encabezamiento y primer aparte de la Ley orgánica para la protección de niños , niñas y adolescente en concordancia con el articulo 217 y 218 de la misma ley , en perjuicio de ADOLECENTE DE 17 AÑOS DE EDAD (CUYA IDENTIDAD DE OMITE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOPPNA),ya que existen fundados elementos de convicción para estimar que el indicado ciudadano es el presunto autor del mismo, además está acreditada la existencia de una presunción razonable de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad; respecto al peligro de fuga por la magnitud del daño causado y por la pena que llegaría a imponerse y en cuanto al peligro de obstaculización porque dichos imputados pudieran influir para que los testigos se comporten de manera desleal en el proceso poniendo en peligro la investigación, la verdad de los hechos y la realización de la justicia, por lo que se encuentran llenos los extremos del artículo 236 numerales 1, 2 y 3, 237 ordinales 2°, 3°, y parágrafo primero, y 238 ordinal 2° y 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este tribunal estima procedente y ajustado a derecho ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada por la Fiscalía Décima octava del Ministerio Público del Estado Monagas, contra el ciudadano JOSE GREGORIO VILLANUEVA FUENTES , venezolano, natural del Estado Monagas, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.632.938, chofer, soltero , de residencia no identificada
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Estado Monagas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236, numerales 1, 2, 3, en concordancia con el artículo 237, ordinales 2º y 3º, y parágrafo primero, y 238, en atención al primer aparte, del citado artículo 236; todos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal en contra del Ciudadano JOSE GREGORIO VILLANUEVA FUENTES , de nacionalidad venezolana, natural de Maturín estado Monagas , fecha de nacimiento 09-06-1978, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.463.522 , residenciado en : Calle Sucre , casa nro 14 sector centro de caicara de Maturín , estado Monagas. Por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL ADOLESCENTE CON PENETRACION, previsto y sancionado en el Artículo 58, de la Ley organica para la proteccion de niños , niñas y adolescente , en perjuicio de ADOLECENTE DE 17 AÑOS DE EDAD (CUYA IDENTIDAD DE OMITE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOPPNA) , ya que existen suficientes elementos de convicción. Líbrense oficios a los diferentes Organismos de Seguridad de este Estado a los efectos de la Aprehensión aquí acordada. Líbrese lo conducente. Remítase el presente Asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Juez PRIMERO de Control, Audiencias y Medidas, de guardia



ABG. JESUS EDUARDO LUNA ABREU

Secretaria,

ABGA. FATIMA RANGEL PALACIOS