REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 13 de Octubre de 2016
206º y 157º
Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, ME ABOCO DE OFICIO al conocimiento de la presente causa, en consecuencia se ordena la notificación de los ciudadanos JOSE LUIS PALACIOS HERRERA, CONSTANZA MARIA HERRERA DE PALACIOS, ROSA BLANCA PALACIOS HERRERA, DELIA PALACIOS HERRERA DE MENDEZ, JESUS ARMANDO PALACIOS HERRERA, Y ROSELIA PALACIOS HERRERA DE GAGLIARDI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.325.326; 576.551; 3.328.488; 3.328.347; 4615.595 y 4.029.360 respectivamente, representado judicialmente por el ciudadano abogado FEDERICO RIVAS ROCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 2.777.062, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 16.273, con domicilio procesal en el Edificio Rudga, planta baja, oficina Nº 1-A Carrera 7 con Avenida Juncal, Municipio Maturín del Estado Monagas, informándole que una vez que conste en autos su notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, vencido este, se reanudará en el estado que se encuentra. Por otro lado, se deja constancia que no se hará la notificación de abocamiento del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRA y del PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, por cuanto los mismos aun no se encuentran a derecho.
La Jueza Suplente,

JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario

JHON WILMER MÉNDEZ



Exp. 0052-2013.-
JWSP/JWMC/HumbertoC.-