REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 05 de Octubre de 2016
206º y 157º

Reanudada como se encuentra la causa, y de una revisión de las actas procesales que cursan en el presente expediente se pudo evidencia que el estado y grado de la causa esta para notificación de la sentencia proferida por el hoy extinto Juzgado Superior Quinto Agrario Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Orienta de fecha 08-03-2007 cursante a los folios 372 al 385: evidenciándose de esta manera que solo se encuentra notificado de la misma el ciudadano del ciudadano RICARDO MENGUAL, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 218.227, en su carácter de demandante tal y como se observa de la diligencia del alguacil folios 390 y 391. Ahora bien en arras de continuar con las notificaciones de los ciudadanos ENRIQUE LISBOA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.390.839, en su carácter de demandado, y la de los ciudadanos terceros interesados JULIO FEBRES PEREIRA Y PATRICIA PEREIRA DE FEBRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V- 6.658.382 y V- 4.616.382, respectivamente, se ordena dar cumplimento a las mismas, y en virtud, de que no existe en las actas procesales domicilio procesal especifico, en consecuencia se ordena dicha notificación mediante cartel, el cual será fijado uno en las puertas de este Juzgado Agrario, y el otro se publicara en la página http://monagas.tsj.gov.ve/. Con lo establecido en el articulo 202 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario.
La Jueza,

JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario,

JHON WILMER MÉNDEZ CONTRERAS


Exp. Nº 0032-2013
JWSP/JWMC/ma.-