REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal TERCERO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 8 de Septiembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-003673
ASUNTO : NP01-P-2012-003673

Visto la postulación emitida por el Consejo de Evaluación del Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra”, correspondiente al penado MIGUEL ANTONIO BLANCO GUERRA, actualmente disfrutando del Beneficio de Régimen Abierto en el mencionado centro; este Tribunal para decidir sobre la concesión de un permiso de Supervisión Especial al mismo; previamente observa lo siguiente:

PRIMERO: El penado FRANCISCO JAVIER MENDOZA MÁRQUEZ titular de la cédula de identidad Nº V-26.190.557, Venezolano mayor de edad, natural del Estado Monagas, de Estado Civil: Soltero obrero, con ultimo domicilio en el Sector Alto Paramaconi, calle 07 casa 31, Maturín Estado Monagas y actualmente recluido en el internado judicial de Vista hermosa a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Elias Elchaer


Es de hacer notar, que del informe practicado al penado que nos ocupa, suscrito por el Consejo de Evaluación del Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra”, conformado por los ciudadanos Abg. Yasmilys Henriquez (Coordinadora Encargada), Abg. Livis Beaumont (Delegada de Prueba), Abg. Silvia Ruiz (Delegada de Prueba), y el Sr. José Herrera (Custodia Asistencial); se desprende entre otras cosas: “…El residente durante su permanencia en la institución ha logrado acoplarse a la dinámica establecida, manejando sus relaciones interpersonales con respeto y armonía,…AREA FAMILIAR-SOCIAL: su apoyo familiar lo recibe de sus 4 hijos, 2 hembras y 2 varones, con el cual comparte domicilio, y de su señora esposa Neudelys González…AREA LABORAL… se desempeña como Mensajero en la empresa Requiera, C. A ubicada en la Av. Raúl Leoni, edificio las Brisas , maturín , Estado Monagas…AREA NORMATIVA-DISCIPLINARIA …ha logrado ajustarse progresivamente a las normas establecidas en la institución, su evolución ha sido favorable y positiva dentro del proceso de acompañamiento …CONCLUSIONES: …y siendo que en fecha 09/03/2015 cumple un año de permanencia ininterrumpida en la institución , este Consejo de Evaluación reunido decide solicitar PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL…”.

SEGUNDO: Ahora bien, al observar que el penado FRANCISCO JAVIER MENDOZA MÁRQUEZ cumple con las condiciones establecidas en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario; este Tribunal considera pertinente acordar permiso de SUPERVISION ESPECIAL al mismo, por el LAPSO DE SEIS (06) MESES, a partir del momento que el prenombrado sea notificado de la presente decisión; imponiéndole las siguientes condiciones:
1. No incurrir en nuevo delito;
2. Presentarse los días MARTES Y JUEVES ante el Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra”, con sede en esta ciudad;
3. No ausentarse de la jurisdicción del Tribunal, sin previa autorización;
4. Colaborar con las actividades que se realicen en el Centro en comento;
5. Cumplir con las condiciones que le imponga el Delegado de Prueba.
7. Continuar con las obligaciones inherentes al Régimen Abierto. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DECISION

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA otorgar PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL al penado FRANCISCO JAVIER MENDOZA MÁRQUEZ titular de la cédula de identidad Nº V-26.190.557, ampliamente identificado en las actuaciones precedentes; quien se encuentra actualmente disfrutando del beneficio post-pena denominado Régimen Abierto en el Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra” de esta ciudad. Todo se ordena en virtud de que el referido cumple con lo pautado en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.

Regístrese, diarícese y déjese copia debidamente certificada por Secretaría. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, al penado, su Defensa y a la victima. Líbrese Oficio al Centro de Residencia Supervisada “Miguel Antonio Blanco Guerra” a fin de que le sea comunicado al penado FRANCISCO JAVIER MENDOZA MÁRQUEZ que debe comparecer ante este Tribunal a objeto de suscribir acta de compromiso. Remítase copias certificadas del presente auto al Jefe de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia, y al Centro de Residencia que nos ocupa.
LA JUEZA


ABG. MARIA ALEJANDRA CARIAS

EL SECRETARIO


ABG. OSCAR OLIVEROS