REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 28 de Septiembre de 2016.
206º y 157º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, Me Aboco de Oficio al conocimiento de la presente causa, ordenándose la notificación de la sociedad mercantil INVERSIONES LA MIRA C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, La Asunción, en fecha 06/09/1977, bajo el Nº 24, Tomo IV, y/o a sus apoderados judiciales abogados Juan Pablo Livinalli y Jorge Kiriakidis Longhi, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 6.510.861 y V.- 7.446.042, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 47.910 y 50.886, respectivamente, (parte actora), al Instituto Nacional de Tierras (parte demandada) en la persona de su presidente y/o de su(s) apoderado(s) judiciales, al Procurador General de la República, todos mediante boletas y a los terceros mediante cartel de notificación informándole(s) que una vez que conste en autos la última notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, mas seis (06) días que se le concede como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar oficio, boletas de notificación, cartel de notificación y despacho de comisión.
La Jueza,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO

El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.

El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ
Exp. 0033-2013
JWS/jwm/ar.-