REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 18 de Abril de 2017
206º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2017-000015
ASUNTO : NP01-P-2017-000015


SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES
Se procede a emitir pronunciamiento en relación al Sobreseimiento la causa seguida en contra del ciudadano YEBLIN KRESMAN GONZALEZ CORTEZ titular de la cedula de identidad N° V-20.915.290, de 28 años de edad, nacido en fecha 03/04/1988, natural Caripe Estado Monagas, estado civil Soltero, hijo de Domingo González (V) y Haidé Cortéz (V), profesión u oficio Comerciante, domiciliado Boqueron URB. Godofredo González Calle Principal casa 37 Estado Monagas, teléfono: 0412-1801302 (Pertenece a su Esposa), por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO NO INDUSTRIALIZADA, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley Desarme y Control de Arma Y Municiones; por lo que se procede a decidir, conforme a lo establecido en el articulo 361 de la norma adjetiva penal, bajo los siguientes términos:

De la revisión de las actas procesales, así como del sistema computarizado de presentaciones, se aprecia el cabal cumplimiento por parte de la ciudadana Ut Supra mencionada, así como también de las condiciones impuesta por este Tribunal, en fecha 04-01-2017, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento con el Artículo 300 ordinal 3 Ejusdem, y en consecuencia, DECLARA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a la ciudadana: YEBLIN KRESMAN GONZALEZ CORTEZ por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO NO INDUSTRIALIZADA, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley Desarme y Control de Arma Y Municiones.- Asimismo se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Maturín, a los fines de que sea excluido del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Se ordena la remisión del presente asunto a la Oficina de Archivo definitivo Judicial, una vez adquiera firmeza.

DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se extingue la acción penal, conforme al artículo 49, ordinal 7 concatenado con el articulo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta El SOBRESEIMIENTO de la causa, a favor del ciudadano: YEBLIN KRESMAN GONZALEZ CORTEZ, la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO NO INDUSTRIALIZADA, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley Desarme y Control de Arma Y Municiones; en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por ese Tribunal en fecha 04-01-2017, en consecuencia, cesa la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada. SEGUNDO: Se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Maturín, a los fines de que sea excluido del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Y a la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de hacerle del conocimiento sobre la decisión dictada por este Tribunal.- TERCERO. Por cuanto en las actuaciones las condiciones impuestas fueron verificadas, y en aras de una justicia expedida, del debido proceso y una tutela judicial efectiva, conforme a lo establecido en el artículo 26 de la constitución de la republica Bolivariana de Venezuela.- Hágase lo conducente. Cúmplase. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas. Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez

ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE

El Secretario