ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2016-1041
PARTE ACTORA: HECTOR ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 6.184.426
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: Abogado, ERASMO HERNANDEZ, Inpreabogado N° 104.311.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA ROANGI, C.A.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: Abogado, MILANGELA HERNANDEZ, Inpreabogado N° 75.816
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.-
En el día de hoy 06 de abril de 2017, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado ERASMO HERNANDEZ, también compareció el Abogado, MILANGELA HERNANDEZ. Por una parte, la parte el accionante solicita que le cancelen todas las indemnizaciones que les corresponden por concepto de prestaciones sociales, en la cantidad de Bs. 221576,81 por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, la empresa conviene en pagar la cantidad de Bs. 70.000,00, pagaderos para el día 17-04-2017. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados y recibe en sus manos de manera satisfactoria. Todas las partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales. Las cantidades objeto de esta transacción deben ser consignadas por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da
por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO
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