REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y
Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 17 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2016-001986
ASUNTO : NP01-S-2016-001986

Corresponde a este tribunal pronunciarse en razón a la solicitud planteada por la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 146.211, y actuando en este acto en su carácter de apoderada Judicial de la Empresa PDVSA PETROLEO S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil segundo del Distrito Federal (hoy capital) y Estado Miranda, en fecha 16 de Noviembre de 1978, bajo el Nro 26, Tomo 127-Asegundo y cuyo documento constitutivo ha sufrido diversas reformas, siendo la última de estas inscrita por ante el mismo registro mercantil en fecha 30 de Diciembre del año 1997, bajo el N° 21 Tomo 538-AS Sgdo, en el cual se acordó la fusión por absorción de la Empresas filiales operadoras de Petróleos de Venezuela S.A., Lagoven S.A. y Maraven, así como el cambio de la denominación de esta Última por PDVSA Petróleos y Gas S.A. e igualmente la que consta en acta de asamblea general Inscrita en registro mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del registro Capital y el estado Mirando de fecha 09 de Mayo de 2001, bajo el N° 23 tomo 81 Sgdo, publicada en el Periodo mercantil el informe 8.244, de fecha 11 de Mayo de 2001, donde cambia su denominación social por la actual PEDVSA PETROLEOS S.A. y siendo una de sus ultimas de las dichas modificaciones la que consta de acta de asamblea inscrita bajo el N° 60, Tomo 193-A- Sgdo, inscrita en el registro de información fiscal bajo el N° J-001123072-6, según consta de instrumento poder debidamente Autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio libertador del distrito capital, en fecha 30 de Noviembre, anotado bajo el N° 51, Tomo 108 de los libros de autenticaciones llevados por dicha Notaría de los Libres de autenticaciones respectivos, quien acude a este despacho con la finalidad de solicitar LA ENTREGA MATERIAL DE un vehiculo, propiedad de su representada, en los siguientes términos: Acudo a su majestuosa envestidura a los fines de SOLICITARLE y SE SIRVA HACERME LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO que cursa ante su despacho con la nomenclatura interna NP01-S-2019- 1986, propiedad de mi representada cuyas características son MARCA : FORD, TIPO: PLATAFORMA, MODELO: F-550, AÑO : 2012, PLACA: S/P , COLOR: BLANCO, VIN: N/A, S/MOTOR: V 10 CIL, S/CARROCERIA: 1FDUF5GT4CED10202, CHASIS: 1FDUF5GT4CED10202 y siendo esta la mas afectada al respecto, por cuanto en estos momentos carecemos de vehículos y esta la única con la que contamos operativa, sufriendo mi representada un impacto operacionales en virtud de tener limitante para la movilización.

Analizando esta juzgadora los siguientes elementos:
Trátese el vehiculo objeto de esta solicitud el siguiente:
MARCA : FORD, TIPO: PLATAFORMA, MODELO: F-550, AÑO : 2012, PLACA: S/P , COLOR: BLANCO, VIN: N/A, S/MOTOR: V 10 CIL, S/CARROCERIA: 1FDUF5GT4CED10202, CHASIS: 1FDUF5GT4CED10202 el cual se encuentra aparcado en estacionamiento del C.I.C.P.C de la Población de Punta de Mata, según se evidencia en el informe de inspección técnica y tomas de improntas realizada por esta delegación y se encuentra anexa a las actas remitidas en fecha 21 de octubre de 2016, el mismo fue retenido cuando se encontraba asignado al ciudadano PEDRO DELGADO , trabajador ACTIVO de la Gerencia de Transporte División de Punta de Mata, por un delito que conoce el Tribunal en Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en función de control, audiencias y medidas de la circunscripción judicial del estado Monagas , con la nomenclatura interna numero NP01-S-2016-001986.

Riela en folio signado con la letra “A”, del presente recaudo oficio remitido por la fiscalía Décimo Octava del Ministerio Publico en relación al pronunciamiento al escrito interpuesto por parte de la apoderada de PDVSA Petróleos S.A. , ABGA. MAIVELIS JOSEFINA BRACO BERMUDEZ, titular de la cedula de identidad V-13.814.057. Inpre abogado 146.211 , pronunciándose de la siguiente manera “ DE LA REVSION DE LAS ACTAS QUE CONFIORMAN LA PRESENTE INVESTIGACION, SE EVIDENCIA QUE LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA APODERADA , SON SOLO COPIAS SIMPLES Y NO PRESENTO LOS DOCUMENTIOS ORIGINALES PARA SU COTEJO Y CONFIRMACION , ASI MISMO, SE EVIDENCIA DEL “CERTIFICADO DEL TITULO” QUE EL MISMO SE ENCUENTRA EN IDIOMA INGLES , AUNADO A QUE LA IDENTIFICACION DE LA EMPRESA PROPIETARIA SEGÚN EL CERTIFICADO DE TITULO ES LA EMPRESA BARIVEN S.A Y NO LA EMPRESA PDVSA Petróleos S.A , DE LA CUAL ES APODERADA LA SOLICITANTE , IGUALMENTE DEL DOCUMENTO PASE SALIDA, EXPEDIDO POR LA EMPRESA BOLIVARIANA DE PUERTO (BOLIPUERTO) S.A , SE OBSERVA QUE EN EL MISMO NO CONSTAN LAS CARACTERISTICAS DEL VEHICULO SIN MENCIONAR LA IDENTIFICACION DEL PROPIETARIO DEL VEHICULO ANTES DESCRITO……”

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “B” TITULO DE PROPIEDAD O “CERTIFICATE OF TITLE” en idioma ingles señalando de manera textual su contenido de forma textual lo siguiente: “IDENTIFICATION NUMBER: 1FDUF5GT4CED10202, YEAR: 2012, MAKE: FORD, BODY: TK, TITLE NUMBER: 110378363, DATE OF ISSUE: 11-29-2012, REGISTERED OWNER: CONSTRUSOLUTION LLC 2500 NW 79TH AVE STE 168 DORAL, FL 33122”

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “C” SOLICITUD DE TRASLADO DE MERCANCIAS DE LA ADUANA PRINCIPAL LA GUAIRA , donde señala textualmente “ NOMBRE O RAZON SOCIAL: PDVSA PETROLEOS S.A , NR DE RIF: J-00123072-6 , DOMICILIO FISCAL: TORRE ESTE PH AV. LIBERTADOR, NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL SOLICITANTE: CLOVER INTERNATIONAL C.A , NRO DE RIF /NIT: J-00042000-9, DOMICILIO FISCAL: ANTIGUA AREA MAIQUETIA DETRÁS DE LOS GALPONES DE AVENSA, VEHICULO PORTEADOR: WESTERKADE V-07, FECHA DE LLEGADA: 08-01-2013, NUMERO B/L MASTER: PEVLAG223228, NUMERO DE B/L HOUSE: PEVLAG23228, IDENTIFICACION DE EQUIPO: VER ANEXO, PRECINTO: VER ANEXO, LUGAR DE PARTIDA: BOLIVARIANA DE PUERTOS SECTOR 25, LUGAR DE DESTINO: EDIFICIO PETROLEOS DE VENEZUELA TORRE ESTE PH/AV. LIBERTADOR.

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “D” VISUALIZAR ACTIVO FIJO: DATOS MAESTROS, señalando textualmente: “ACT. FIJO: 70028911-0, CLASE: UT0103, TRUCK CAP. 5115KG CAMION CON PLATAFORMA, U. TERREST – REMOLQUES SOCIEDAD, DATOS GENERALES DENOMINACION: TRUCK CAP. 5115KG CAMION CON PLATAFORMA FORD F-550 BLANCO SERIAL: 1FDUF5GT4CED10202, DETERM. CUENTAS: 20000 ACTIVOS OPERACIÓN, CANTIDAD 0,000, CAPITALIZADO: 31.12.2013”

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “E” CONSTANCIA DE EXPERTICIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE NRO 030114-257182 , jefe del departamento de revisiones de vehiculo de la unidad Monagas , donde señala textualmente: “ PLACA: S/P, MARCA : FORD, TIPO: PLATAFORMA, MODELO: F-550, AÑO : 2012 , COLORES: BLANCO, VIN: N/A, S/MOTOR: V 10 ML, S/CARROCERIA: 1FDUF5GT4CED10202, CHASSIS: 5GT4CED10202. “

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “H” GUIA DE DESPACHO SERIE “E” DE LA EMPRESA CLOVER INTERNACIONAL C.A, donde señala: “CLIENTE: PDVSA, CONCESONARIO: PUERTO DE LA GUAIRA, PARA SER ENTREGADO: PUNTA DE MATA, CONDUCTOR: ANTONIO PEÑA, CHUTO: 10202, MODELO: FORD F-550, COLOR: BLANCO, PLACA: 10202”

RIELA EN FOLIO SIGANADA CON LA LETRA “I” CONSTANCIA EMITIDA POR PDVSA PETROLEOS S.A, donde señala textualmente: “ SE NOTIFICA A TODAS LAS AUTORIDADES CIVILES, MILITARES Y DEMAS CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO QUE LA EMPRESA PDVSA PETROLEO S.A, SOCIEDAD MERCANTIL , DOMICILIADA EN LA CIUDAD DE CARACAS , DISTRITO CAPITAL, INSCRITA EN REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL DISTRIRO FEDERAL (HOY CAPITAL) Y ESTADO MIRANDA EN FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 1978 , BAJO NRO 26, TOMO 127-A , CUYO DOCUMENTO CONSTITUIDO HA SUFRIDO DIVERSAS REFORMAS , SIENDO LA ULTIMA DE ESTA INSCRITA POR ANTE EL MIMSO REGISTRO MERCANTIL , DE FECHA 16 DE MARZO DEL 2007, BAJO NRO 57 TOMO 49-A 2DO E INSCRITA EN EL REGISTRO DE INFORMACION FISCAL BAJO NRO J-00123072-6, QUE EL ACTIVO IDENTIFICADO EN LOS LIBROS DE LA EMPRESA CON EL N° 70028911 DE MARCA FORD , MODELOS: F-550, AÑO: 2012, SERIAL DE CARROCERIA: 1FDUF5GT4CED10202, PLACA : S/p, ES PROPIEDAD DE PDVSA PETROLEO S.A., ESTE BIEN FUE IMPORTADO Y TRANSPORTADO POR LA EMPRESA CLOVER INTERNATIONAL C.A, COMO ESPECIFICA EN GUIA DE DESPACHO …”

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “J”, FOTOGRAFIA DEL CAMION PLATAFORMA COLOR BLANCO CON EL SIGNO PDVSA EN COLOR ROJO.

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “K” PASE DE SALIDA DE BOLIVARIANA DE PUERTOS (BOLIPUERTOS) S, A. donde señala “ PASE DE SALIDA NRO: I-31339-01 NRO 5905, CONSIGNATARIO : PDVSA PETROLEO S.A., BUQUE : WESTERKADE, NRO B/L : PEVLAG23226, FECHA DE ATRAQUE : 08-01-2013, FECHA DE PASE: 05-12-2013, HORA: 11:37 , AGENTE ADUANAL: CLOVER INTERNATIONAL C.A , NRO ACTA: I-3189, LINEA: KING OCEAN , DATOS DEL CONDUCTOR: DANNY GARCIA , CEDULA: 15.026.033, PLACA : S/N”

RIELA EN FOLIO SIGNADO CON LA LETRA “L” PODER NOTARIADO OTORGADO POR LA NOTARIA PUBLICA SEGUNDA DE MATURIN A LA CIUDADANA MAIVELIS JOSEFINA BRAVO BERMUDEZ COMO APODERADA DE PDVSA PETROLEOS S.A. .
De la revisión de los documentos presentados por la solicitante en el escrito de solicitud de entrega material del vehiculo en cuestión, LA CUAL SE TRABAJA SOLO CON RECAUDO POR ENTRARSE LA CAUSA EN LA Fiscalia 18 de Ministerio Público, cuyo vehiculo automotor en fecha 07 de diciembre de 2016, fue negada la entrega por parte de la Fiscalia Décima Octava del Ministerio Publico, fundamentada dicha negativa en que los documentos presentados eran copias simples y en virtud de no ser consignados los originales del certificado de registro para su cotejo. aunado a ello no se presentó el Certificado De Origen original así mismo esta en idioma ingles, aunado a que la empresa propietaria según el certificado de Titulo es la empresa Bariven, S.A. y no la Empresa Pdvsa Petróleos S.A. de la cual es apoderada la solicitante, igualmente del documento pase de salida, expedido por la Empresa Bolivariana de Puerto (BOLIPUERTOS), S.A., se observa que en el mismo no constan las características del vehiculo solicitado ni la identificación del propietario, por lo último de la Experticia N° 030114-257182, realizada por el instituto Nacional de Trasporte terrestre, de fecha 20-03-2014, solo refleja las características del vehiculo, sin mencionar la identificación del propietario del vehiculo antes descrito motivado a que el vehiculo es importado,

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: De conformidad con lo solicitado por la apoderada Judicial de la Empresa Petróleos de Venezuela ciudadana MAIVELIS JOSEFINA BRAVO BERMUDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 13.814.057, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 146.211, y actuando en este acto en su carácter de apoderada Judicial de la Empresa PDVSA PETROLEO S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil segundo del Distrito Federal (hoy capital) y Estado Miranda, en fecha 16 de Noviembre de 1978, bajo el Nro 26, Tomo 127-Asegundo y cuyo documento constitutivo ha sufrido diversas reformas, siendo la última de estas inscrita por ante el mismo registro mercantil en fecha 30 de Diciembre del año 1997, bajo el N° 21 Tomo 538-AS Sgdo, en el cual se acordó la fusión por absorción de la Empresas filiales operadoras de Petróleos de Venezuela S.A., Lagoven S.A. y Maraven, así como el cambio de la denominación de esta Última por PDVSA Petróleos y Gas S.A. e igualmente la que consta en acta de asamblea general Inscrita en registro mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del registro Capital y el estado Mirando de fecha 09 de Mayo de 2001, bajo el N° 23 tomo 81 Sgdo, publicada en el Periodo mercantil el informe 8.244, de fecha 11 de Mayo de 2001, donde cambia su denominación social por la actual PEDVSA PETROLEOS S.A. y siendo una de sus ultimas de las dichas modificaciones la que consta de acta de asamblea inscrita bajo el N° 60, Tomo 193-A- Sgdo, inscrita en el registro de información fiscal bajo el N° J-001123072-6, según consta de instrumento poder debidamente Autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio libertador del distrito capital, en fecha 30 de Noviembre, anotado bajo el N° 51, Tomo 108 de los libros de autenticaciones llevados por dicha Notaría de los Libres de autenticaciones respectivos en relación a la solicitud de entrega del vehiculo cuyas características son: MARCA : FORD, TIPO: PLATAFORMA, MODELO: F-550, AÑO : 2012, PLACA: S/P , COLOR: BLANCO, VIN: N/A, S/MOTOR: V 10 CIL, S/CARROCERIA: 1FDUF5GT4CED10202, CHASIS: 1FDUF5GT4CED10202, considera este Tribunal improcedente la entrega del vehiculo por cuanto la solicitante no agoto la vía por ante el órgano investigador, toda vez que el mismo niega la entrega material del vehiculo por las circunstancias supra descritas tales como que la misma no presento los documentos originales para su cotejo y solo presento copias simples de los mismos, que las copias están en idioma ingles y no en español que es idioma oficial en nuestro país, que la identificación de la empresa propietaria del vehiculo solicitado en el certificado de Titulo es la Empresa Bariven y no la Empresa Pavesa S.A. Empresa de la cual es apoderada la solicitante, entre otros elementos que se señalan en el acta mediante el cual se niega la entrega del vehiculo objeto de esta solicitud por parte de la fiscalia del Ministerio Publico. Por todos los razonamientos de hecho y de derechos antes expuestos este Tribunal Primero de Control Audiencia y Medida con competencia en violencia contra la mujer del Circuito Judicial del Estado Monagas, del análisis de y estudio realizado a la presente solicitud acuerda NEGAR LA ENTREGA DEL VEHICULO, solicitado Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
La Jueza




ABG. MILAGRO FARIÑAS IDROGO

La Secretaria:

ABGA. ROSELIN MENDOZA.-