REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, tres (03) de julio de dos mil diez y siete (2 017)
207º y 158º


ASUNTO: NP11-L-2017-000154.
PARTE DEMANDANTE: JESUS RAMÓN SUCRE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.213.806.

APODERADOS PARTE DEMANDANTE : HECTOR AMUNDARAY, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 175.856.
(NO COMPARECE)
PARTE DEMANDADA: TRANSMONAGAS, S.A
APODERADOS /REPRESENTANTES MAIRYN MARQUEZ CEDEÑO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 86.563. APODERADA JUDICIAL DE LA PROCURADURÌA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS: MARILUISA LÒPEZ, LUISANA CABELLO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 114.474 y 113.394 respectivamente.


MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En fecha nueve (09) de marzo de dos mil diez y siete (2 017) se presenta por ante esta Coordinación Laboral el abogado HECTOR AMUNDARAY con el caracter de apoderado del ciudadano JESUS RAMÓN SUCRE GONZALEZ, quien interpone demanda por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES en contra de la entidad de trabajo TRANSMONAGAS, S.A. En la cual expone sus alegatos. Una vez distribuido el asunto fue recibido por este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución el 10 de marzo de 2017 y se procedió a su admisión en fecha 13 de marzo de 2017 librándose los Carteles de Notificación a la parte demandada. Una vez cumplidas las formalidades de la notificación y cumplido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó el inicio para el día 11 de mayo de 2017 a la cual asistieron ambas partes, y cinco prolongaciones en fechas 18 de mayo, 01 de junio, 21 de junio, 26 de junio, 06 de julio asistiendo ambas partes; y hoy 27 de julio de 2017 la parte demandante no comparece, ni por sí, ni por Apoderado Judicial alguno. Este Juzgado dejó constancia en acta, que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo a la hora fijada, NO COMPARECE la parte demandante, dejando constancia en acta de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada TRANSMONAGAS, S.A MAIRYN MARQUEZ CEDEÑO, y la apoderada judicial de la PROCURADURÌA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS: MARILUISA LÒPEZ, según poder que las acredita, consignada en autos. Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia debido a que su falta acarrea consecuencias jurídicas que dispone la Ley Adjetiva Laboral, forzosamente este Juzgado dicta la decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN

Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de la parte demandante en este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado procedió a dictar la decisión en forma Oral cuya constancia queda en el Acta y registrada en Sistema Iuris, y publicarla de la siguiente forma: este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintisiete (27) días del mes de julio de dos mil diez y siete (2 017). 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN
LA JUEZA


Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ



LA SECRETARIA (O)



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
DPM/dpm