N° DE ASUNTO NP11-L-2017-000237
PARTE ACTORA: DELIAXI ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 22.724.848 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VICTOR VARGAS Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo los N° 131.961
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA MASTER INTERNACIONAL DE PREVISIBLES MAINPRE, RL.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: CARMELO GONZALEZ Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 61.616 y de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 26 de julio de 2017, y comparecieron por ante este Tribunal la Abg. ARNELSA RAVELO, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante, el Abg. CARMELO GONZALEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA MASTER INTERNACIONAL DE PREVISIBLES MAINPRE, RL., y por cuanto han logrado un acuerdo en la prolongación Audiencia Preliminar, la ciudadana Luzmary Subero asume que fue su trabajadora asumiendo el pago y exonerando a la empresa ya que la relación de trabajo fue directamente con la persona natural, quedando liberada la Cooperativa de todo pago, el tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, el monto total de la demandado y se le cancelara, a la ciudadana DELIAXI ALMEIDA, la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs. 900.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación Laboral el día 03-08-17. El Apoderado manifiesta que está totalmente satisfecho con la reclamación que se sustancio en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada y a la persona natural por los conceptos reclamados por las Prestaciones Sociales y Otros Conceptos. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Y se le dará los efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente al Archivo Judicial. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA
LA SECRETARIA (0),
La Apoderado del demandante

El Apoderada Judicial de la empresa



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).