REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 30 de junio de 2017
207° y 158º
ACTA
N° de Expediente: NP11-L-2016-000569
PARTE ACTORA: ORLANDO JOSE TORRIBILLA, LUIS MANUEL MOROCOIMA, CESAR ORONO y SERVILIANO MARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.-8.449.523, 12.148.779, 27.710.297 y 4.891.262-
APODERADO JUDICIAL: EDGARDO RODRIGUEZ y LUIS DANIEL ATIENZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 159.543 y 128.670.-
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FLORES C.A. (SERMAFLOCA)-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SE DESCONOCE.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

En fecha 27 de junio de 2016, los ciudadanos ORLANDO JOSE TORRIBILLA, LUIS MANUEL MOROCOIMA, CESAR ORONO y SERVILIANO MARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.-8.449.523, 12.148.779, 27.710.297 y 4.891.262, asistido por el Abg. EDGARDO RODRIGUEZ, comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial y presenta demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS contra la entidad de trabajo en contra de la entidad de trabajo SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FLORES C.A.-

Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, siendo recibida en fecha 28 de junio de 2016, ordenándose su admisión el día 29 de junio de 2016, y librándose los correspondientes Carteles de Notificación a la demandada, mediante librándose Exhorto al Jefe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en el Tigre.

En fecha 06 de julio de 2016, comparecen por ente este tribunal los ciudadanos ORLANDO JOSE TORRIBILLA, LUIS MANUEL MOROCOIMA, CESAR ORONO y SERVILIANO MARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.-8.449.523, 12.148.779, 27.710.297 y 4.891.262, asistido por el Abg. EDGARDO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 159.543, y le confieren Poder Apud Acta, a los abogados EDGARDO RODRIGUEZ y LUIS ATIENZA CLAVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 159.543 y 128.670.-

En fecha 15 de noviembre de 2016, el alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo deja constancia en autos, del oficio dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en el Tigre, entregado ante la Oficina del Instituto Postal.

En fecha 16 de enero de 2017, se recibe Oficio 2016-0693 proveniente del JUZGADO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE, mediante el cual remite Resultas de Exhorto con resultado Negativo.

En fecha 17 de enero de 2017, el tribunal dicto auto visto el exhorto proveniente del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI CON SEDE EN EL TIGRE, mediante el cual consignan resultas de notificación de la entidad trabajo SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FLORES, C.A (SERMAFLOCA), siendo la misma con resultado Negativo de conformidad con lo establecido con el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por los motivos señalados en dicha consignación, en consecuencia, este Juzgado insta a la parte actora consignar nueva dirección o dirección correcta de la mencionada entidad de trabajo, a los fines de que se proceda a practicar la notificación.

En fecha 25 de enero de 2017, comparece el apoderado judicial de los demandantes y ratifica la dirección de la demandada.-

En fecha 26 de enero de 2017, se acuerda la notificación de la demandada entidad trabajo SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FLORES, C.A (SERMAFLOCA),librándose nuevo exhorto a los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI CON SEDE EN EL TIGRE.

En fecha 12 de junio de 2017, se recibió OFICIO Nº 2017-0300, proveniente del JUZGADO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SME DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE, mediante el cual remite Resultas de Exhorto en relación con el presente juicio. Siendo certificadas por secretaria, en la misma fecha.-

Ahora bien, transcurrido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Adjetiva Laboral, en fecha 12 de junio de 2017, oportunidad correspondiente para dar inicio a la audiencia preliminar, se dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada en el auto de fecha 29 de junio de 2016, la parte demandante ciudadanos ORLANDO JOSE TORRIBILLA, LUIS MANUEL MOROCOIMA, CESAR ORONO y SERVILIANO MARIN, ya identificados, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial a la realización de la Audiencia Preliminar, e igualmente se dejó constancia de la incomparecencia de la demandada entidad de trabajo SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FLORES, C.A (SERMAFLOCA).-

Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de los ciudadanos ORLANDO JOSE TORRIBILLA, LUIS MANUEL MOROCOIMA, CESAR ORONO y SERVILIANO MARIN, parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Publíquese y Regístrese la presente decisión en esta misma fecha.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los Treinta (30) días del mes de junio de Dos Mil Diecisiete (2017). 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. CESAR AUGUSTO ACEVEDO.-

SECRETARIA (O)
Abg.