REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE Y ANZOATEGUI.
Maturín, 21 de Junio del 2017
207° Independencias y 158° Federación
Sentenciado como se encuentra el presente asunto, mediante decisión proferida por este Juzgado en fecha 13/06/2017, (f. 201 al 207 pza 1) que entre otras cosas declaró, la violación del orden publico en el presente asunto, asimismo, la reposición de la causa, al estado de subsanar la ambigüedad evidenciada en el escrito libelar de la parte actora, de igual forma, que ha transcurrido íntegramente el lapso de cinco (05) días hábiles establecido en el Articulo 235 de la Ley de Reforma Parcial de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con el Articulo 237 ejusdem y en virtud de no haberse anunciado oportunamente el recurso correspondiente, queda definitivamente firme la sentencia antes mencionada, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado a quo, Líbrese Oficio.
Se deja constancia que los días de Despacho transcurridos desde el 14/06/2017, día de despacho siguiente después de proferida la referida decisión, hasta la presente fecha, son los siguientes: miércoles 14/06/2017, jueves 15/06/2017, viernes 16/06/2017, lunes 19/06/2017, martes 20/06/2017. Conste.
La Jueza,
YELITZA CHACIN SUBERO
La Secretaria,
CARMEN BELEN MARTINEZ
Exp. 0453-2017
YCHS/CBM/le.-