REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Marzo de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-000820
ASUNTO : NP01-P-2006-000820
Visto el Informe Conductual de acompañamiento para renovar el permiso de Supervisión Especial, emitido por la Dirección del Centro de Régimen Especial Simón Bolívar, correspondiente al penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO, Venezolano natural de Caracas Distrito capital, nacido en fecha 09-09-85, de años 22 años de edad soltero, hijo de MILAGROS DEL VALLE PENSO DE BARRIOS Y ORANGEL RAFAEL BARRIOS RODRIGUEZ , titular de la Cédula de identidad, V-18.674.920, teléfono N° 0424 126 12 40 y 0416 522 57 27; fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO ( redimida por auto de fecha 17-12-12), en ONCE (11) AÑOS, Y VEINTICINCO (25) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal vigente para la época; y como quiera que en fecha 12-07-2013 le fue otorgado la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Trabajo Fuera del Establecimiento; este Tribunal para decidir sobre la concesión de permiso de Supervisión Especial al mismo; previamente observa lo siguiente:
PRIMERO: En fecha 17-01-204 se acordó la transferencia del penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO, hasta la Casa de Reeducación. El Paraíso (La Planta, específicamente en el área de Destacamentarios), se oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación (UTSO) del Área Metropolitana de Caracas a fin que supervise la progresividad del referido penado en su reinserción a la sociedad hasta el cumplimiento total de la pena impuesta.
En fecha 09-11-2015 se otorgo PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, por el lapso de SEIS (06) MESES a favor del penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO.
Es de hacer notar, que se recibe informe conductual de acompañamiento para renovar el permiso de supervisión especial, evolutiva practicado al penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO, suscrito por Lic Yuly Velásquez Delegada de prueba tratante y Coordinadora del Centro de Régimen Especial “Simón Bolívar” Caracas Distrito Capital ABG. YOSEIRA RUIZ FRIA, donde se señalan en las conclusiones lo siguiente: “Al valorar la trayectoria conductual del penado BARRIOS PENSO JESUS MARIA, se observa que hasta la fecha ha mantenido un comportamiento efectivo, razón por la cual se declara el informe favorable, , es por lo que se solicita renovar el permiso de supervisión especial para el precitado penado, por cuanto en el se observa factores de protección efectivos tales como:: sentido de pertenencia hacia su grupo familiar, espaldo familiar efectivo, Disposición y habito laboral, Responsabilidad y Acato a las Normas y pautas exigidas en el régimen, autocrítica y reflexión por el daño social causado, Niega uso de sustancias nocivas y un proyecto de vida viable, de acuerdo a sus competencias,
SEGUNDO: Ahora bien, al observar que el penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO ha cumplido de manera responsable y satisfactoria con los requisitos establecidos en los artículo 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario; este Tribunal considera pertinente renovar permiso de SUPERVISION ESPECIAL al mismo, por el LAPSO DE SEIS (06) MESES, mas a partir del momento que el prenombrado sea notificado de la presente decisión; imponiéndole las siguientes condiciones:
1. Mantener buena conducta.
2. Presentarse todos los JUEVES ante el Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”.
3. No frecuentar lugares donde expendan bebidas alcohólicas o de dudosa reputación.
4. No incurrir en un nuevo delito.
5. Colaborar con las actividades que se realicen en el Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”.
6. Cumplir con las condiciones que le imponga el delegado de prueba.
7. Continuar con las obligaciones inherentes al Destacamento de trabajo.
8. No ausentarse del Estado Monagas, sin previa autorización de este Juzgado. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA RENOVA EL PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, por el lapso de SEIS (06) MESES a favor del penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO, titular de la Cédula de identidad, V-18.674.920; quien se encuentra actualmente bajo Destacamento de trabajo en el Centro de Régimen de Supervisión Especial Simón Bolívar”; ello por estar llenos los extremos a que se contraen los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.
En consecuencia, líbrese Oficio al en el Centro de Régimen de Supervisión Especial Simón Bolívar”” a fin de que le sea comunicado al penado JESUS MARIA BARRIOS PENSO, que debe comparecer ante este Tribunal a objeto de suscribir acta de compromiso. Notifíquese a las partes. Remítase copias certificadas del presente auto al Jefe de Control Penales del Ministerio de Sistemao Penitenciario, al Centro de Régimen Especial Simón Bolívar. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
LA SECRETARIA
ABG. YUCXY JIMENEZ