REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 25 de Mayo de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-012607
ASUNTO : NP01-P-2012-012607
SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES
Se procede a emitir pronunciamiento en relación al Sobreseimiento la causa seguida en contra el ciudadano: OSCAR JOSE GOMEZ, venezolano, de 36 años de edad, Estado Civil: soltero, hijo de: GLORIA GOMEZ (V) y de JOSE GONZALEZ (V), de profesión u oficio COMERCIANTE, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 12-10-1977, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14620756 domiciliado en el avenid Rojas, cruce con calle infante, numero 127 Maturín Estado Monagas, frente del estacionamiento de CANTV. Teléfono 0424-9302626, de las medidas alternativas a la prosecución del Proceso, a quien se les imputo los delitos de: LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 encabezamiento y segundo aparte y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 encabezamiento y primer aparte, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia, por lo que se procede a decidir, bajo los siguientes términos:
De la revisión de las actas procesales, así como del sistema computarizado de presentaciones, se aprecia el cabal cumplimiento por parte del ciudadano Ut Supra mencionado, así como también de las condiciones impuesta por este Tribunal en fecha 02-10-2014, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento con el Artículo 300 ordinal 3 Ejusdem, y en consecuencia, DECLARA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano: OSCAR JOSE GOMEZ, por la presunta comisión de los delitos de: LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 encabezamiento y segundo aparte y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 encabezamiento y primer aparte, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia,.- Asimismo se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Maturín, a los fines de que sea excluido del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Se ordena la remisión del presente asunto a la Oficina de Archivo definitivo Judicial, una vez adquiera firmeza.
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se extingue la acción penal, conforme al artículo 49, ordinal 7, en relación con el articulo 300, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta El SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del ciudadano OSCAR JOSE GOMEZ, por la presunta comisión de los delitos de: LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 encabezamiento y segundo aparte y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 encabezamiento y primer aparte, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 02-10-2014, en consecuencia, cesa la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada. SEGUNDO: Se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Maturín, a los fines de que sea excluido del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Y a la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de hacerle del conocimiento sobre la decisión dictada por este Tribunal. Cúmplase. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez,
ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE
El Secretario
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