REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, Diecinueve (19) de Mayo de 2017
207° y 158°


PARTE DEMANDANTE.-
JACQUELINE MARGARET GÒMEZ BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad número V-14.960.892, con domicilio en la calle 3, casa Nro. 53, Sector La Murallita, ciudad de Maturìn, Estado Monagas.
PARTE DEMANDADA.-
JESICKA AZACON TELLES y ALFONSO GRAMMATICA RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdula de identidad Nros. V-15.397.282 y V-15.643.277, domiciliados en Casa Nro Ch-7, Condominio Coche, Urbanización “El Faro”, Sector Zona Industrial de esta ciudad de Maturìn del Estado Monagas.
SERGIO CAMACHO.- Venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.890.650.-
MOTIVO: FRAUDE PROCESAL
EXPEDIENTE: Nº 16146

Breve narración de los hechos.-

El presente juicio de inició mediante libelo de demanda por distribución de fecha 170117, mediante el cual la ciudadana JACQUELINE MARGARET GÒMEZ, asistida de la abogada MARIA NATIVIDAD OLIVIER V. inpreabogada Nro. 38.834, demandó por FRAUDE PROCESAL a los ciudadanos JESICKA AZACON TELLES y ALFONSO GRAMMATICA RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cèdula de Identidad Nros. 17.090.840 y 11.778.250, SERGIO CAMACHO.- Venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.890.650.-
La demanda fue admitida en fecha 20 de Enero de 2017; emplazándose a la parte demandada, para la contestaciòn a la demanda.
Posteriormente, mediante diligencia de fecha Quince (15) de Mayo de 2017, compareciò la ciudadana demandante JACQUELINE MARGARET GÒMEZ BETANCOURT, desistió de la acciòn solo en lo que respecta al ciudadano SERGIO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.890.650.

De seguida se transcribe lo alegado por la parte demandante:
“En horas del dìa de hoy Quince (15) de Mayo del Dos Mil Diecisiete comparece por ante este Tribunal la ciudadana JACQUELINE MARGARET GÒMEZ BETANCOURT, titular de la cèdula de identidad personal Nº 14.960.892, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 243.132, con el caràcter de parte Actora en la presente causa de Fraude Procesal, a los fines de expresar y solicitar lo siguiente: Desisto de la presente Acciòn interpuesta, solo a lo que respecta al abogado SERGIO CAMACHO, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.890.650, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.922, continuando el procedimiento con los ciudadanos JESICKA AZACON TELLES y ALFONSO GRAMMATICA RIVERO, titulares de las cèdulas de identidad Nros. 15.397.282 y 15.643.277, respectivamente…”
DECISIÓN

En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acciòn solo lo que respecta al ciudadano SERGIO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.890.650, formulado por ciudadana JACQUELINE MARGARET GÒMEZ BETANCOURT, titular de la cèdula de identidad personal Nº 14.960.892, en el juicio de FRAUDE PROCESAL La causa seguirá el curso de ley con los ciudadanos JESICKA AZACON TELLES y ALFONSO GRAMMATICA RIVERO, titulares de las cèdulas de identidad Nros. 15.397.282 y 15.643.277.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a la fecha Up Supra.
El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa.
La Secretaria,
Abg. Milagro Palma

En esta misma fecha, siendo las Três (3:00 p.m) de la tarde, se dictò y publicò la anterior sentencia. Conste.
La Secretaria,

Abg. Milagro Palma

GPV/njc
Exp. Nº.16146