REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en
Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas
Maturín, 27 de Noviembre de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2017-002561
ASUNTO : NP01-S-2017-002561

Corresponde a este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, pronunciarse en relación a la presente causa, en la cual la Fiscalía Novena del Ministerio Público de este Estado solicitó la libertad inmediata y sin restricciones del ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , titular de la cédula de identidad Nº , Soltera, Ama de Casa, de 22 años, nacido el 29-09-1995, natural de Caracas distrito Capital, hija de la ciudadana MARIA FERNANDEZ (V) y del ciudadano RUFINO OROPEZA (F), residenciado en el SECTOR LAS CLAVELLINOS, CALLE EL ARAGUANEY, FRENTE AL COLEGIO ZEPA, CASA N° 3 PARROQUIA GUARENA MUNICIPIO PLAZA DEL MESTADO MIRANDA, Teléfono: 0424-2900519, conforme a lo previsto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por su parte la Defensa Pública Tercera Especializada solicito una Libertad Plena para mi defendida, observándose al respecto:
La presente tuvo su inicio en fecha 26/10/2017 según se evidencia de ACTA de DENUNCIA COMÚN, inserta al folio Tres (03) y su vto. Realizada por la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, quien entre otras cosas manifestó
“Vengo a este despacho con la finalidad de denunciar que el dia de ayer mi hermana de nombre SE OMITE SU IDENTIDAD llego de viaje con su hija de nombre SE OMITE SU IDENTIDAD, de 03 años de edad, las mismas se encontraban en Caripito Estado Monagas pasando unos días en casa de una prima de nombre SE OMITE SU IDENTIDAD, cuando llegaron a la casa me di cuenta que la niña estaba triste y alejada le pregunte que le paso aya en Caripito y me dijo asustada que ENZO que es el esposo de su prima SE OMITE SU IDENTIDAD le toco sus, le pregunte a mi hermana SE OMITE SU IDENTIDAD que había pasado y ella me respondió que ella había acostado a la niña en la cama al lado de ENZO y se fue a bañar, cuando volvió al cuarto vio a la niña con la pantaletica a las rodillas y tenia semen en su vagina…sic…, es todo”
Una vez examinados cada uno de los elementos de convicción recavados en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, considera este Tribunal que el Ministerio Público al exponer las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cómo se produjo la aprehensión del ciudadano presentado, y no precalifico delito alguno por cuanto los hechos que se mencionan no se subsumen en la Ley especial, por tanto pido que sea acordada una LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, razón por la cual a tenor de lo dispuesto en ese dispositivo legal, aun cuando de las actas procesales se evidencia que probablemente hubo una agresión a la victima no es menos cierto que los hechos allí narrados en nada tienen que ver con la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD; por lo que esta instancia considera que lo procedente y ajustado a derecho es dar la libertad inmediata del ciudadano SE OMITE SU IDENTIDAD .
En este sentido, al no acreditarse, el primer y segundo supuesto establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de ello considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es acordar la Libertad Sin Restricciones del antes mencionado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin menoscabo a que ulteriormente surjan de la investigación fundados elementos de convicción que verifiquen el hecho punible atribuido por el Ministerio Publico.
DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente: Se acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , titular de la cédula de identidad Nº V-17.053.994, Soltero, Obrero, de 38 años, nacido el 01-07-79, natural de Juan Malito, bajo Delta Amacuro, hijo de la ciudadana MARIA MORILLO (f) y del ciudadano DOMINGO ZAMBRANO (F), residenciado en el FINCA LOS LIOPALES PARIAGUAN DEL TIGRE ESTADO ANZOATEGUI, Teléfono: 0424-9718475, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Las partes quedaron debidamente notificadas en la audiencia de presentación de imputados. Expídanse las copias solicitadas por las partes. Publíquese, regístrese, y déjese copia de la decisión.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO.

LA SECRETARIA

,
ABGA. GRACIELA CIRCELLI JIMÉNEZ.