REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 11 de Octubre de 2017
207° y 158º
ACTA
N° de Expediente: NP11-L-2016-001056
PARTE ACTORA: YESENIA JOSEFINA BELLO, JOSE RAFAEL MARTINEZ SANCHEZ, CRUZ ANTONIO LOPEZ GOMEZ, LUIS ALBERTO BRITO, NESTOR MAGO, WUIMER ORTIZ, JUAN ANOTNIO GARCIA AGREDA y VICTOR AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 14.424.609, 9.280.632, 11.344.089, 12.429.172, 12.887.912, 12.826.449, 20.422.118 y 4.941.705-
APODERADOS JUDICIALES: ROBINSON NARVAEZ, NATHALY LUGO y RAFAEL NARVAEZ TENIAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 59.874, 242.234 y 4.726.-
PARTE DEMANDADA: PETRÓLEOS DE VENEZUELA, SOCIEDAD ANONIMA (PDVSA)-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIGDALY DIAZ PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.207.-
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

En fecha 14 de diciembre de 2016, comparecen por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial, los ciudadanos YESENIA JOSEFINA BELLO, JOSE RAFAEL MARTINEZ SANCHEZ, CRUZ ANTONIO LOPEZ GOMEZ, LUIS ALBERTO BRITO, NESTOR MAGO, WUIMER ORTIZ, JUAN ANOTNIO GARCIA AGREDA y VICTOR AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 14.424.609, 9.280.632, 11.344.089, 12.429.172, 12.887.912, 12.826.449, 20.422.118 y 4.941.705, asistidos por la Abg. NATHALY DEL VALLE LUGO IDROGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.14.858.919, inscrita en le Inpreabogado bajo el N° 242.234, quien presenta demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS, en contra de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, SOCIEDAD ANONIMA (PDVSA).-


Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, siendo recibida en fecha 15 de diciembre de 2016, el tribunal se abstiene de admitirlo ordenándose un despacho saneador.
En fecha 09 de febrero de 2017, comparecen los demandantes ciudadanos YESENIA JOSEFINA BELLO, JOSE RAFAEL MARTINEZ SANCHEZ, CRUZ ANTONIO LOPEZ GOMEZ, LUIS ALBERTO BRITO, NESTOR MAGO, WUIMER ORTIZ, JUAN ANOTNIO GARCIA AGREDA y VICTOR AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 14.424.609, 9.280.632, 11.344.089, 12.429.172, 12.887.912, 12.826.449, 20.422.118 y 4.941.705, asistidos por el Abg. ROBINSON NARVAEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.874, y otorgan poder Apud Acta a los abogados ROBINSON NARVAEZ RODRIGUEZ, NATHALY LUGO y RAFAEL NARVAEZ TENIAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.874, 242.234 y 4.726.-

En fecha 10 de febrero de 2017, comparece el apoderado de la parte demandante ROBINSON NARVAEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.874, y subsana la demanda en los términos solicitados por el tribunal.-

En fecha 13 de febrero de 2017, se ordena la admisión de la demanda librándose los correspondientes Carteles de Notificación a la demandada y al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela.

El día 06 de marzo de 2017, el alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo deja constancia en autos, de la notificación practicada al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, siendo certificada tal actuación por secretaría.-.

El día 09 de marzo de 2017, el alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo deja constancia en autos, de la notificación practicada a la parte demandada PETRÓLEOS DE VENEZUELA, SOCIEDAD ANONIMA (PDVSA), siendo certificada tal actuación por secretaría.-.

Ahora bien, transcurrido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Adjetiva Laboral, en fecha 21 de junio de 2017, se da inicio a la audiencia preliminar, prolongando se en dos oportunidades en fechas 18 de julio de 2017 y 11 de agosto de 2017, prolongándose para el día 11 de octubre de 2017, donde se dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada, la parte demandante ciudadanos YESENIA JOSEFINA BELLO, JOSE RAFAEL MARTINEZ SANCHEZ, CRUZ ANTONIO LOPEZ GOMEZ, LUIS ALBERTO BRITO, NESTOR MAGO, WUIMER ORTIZ, JUAN ANOTNIO GARCIA AGREDA y VICTOR AGUILERA, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial a la realización de la Audiencia Preliminar, e igualmente se dejó constancia de la comparecencia de la demandada, a través de su apoderada judicial MIGDALY DIAZ PEREZ.-

Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de los ciudadanos YESENIA JOSEFINA BELLO, JOSE RAFAEL MARTINEZ SANCHEZ, CRUZ ANTONIO LOPEZ GOMEZ, LUIS ALBERTO BRITO, NESTOR MAGO, WUIMER ORTIZ, JUAN ANOTNIO GARCIA AGREDA y VICTOR AGUILERA, parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Publíquese y Regístrese la presente decisión en esta misma fecha.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los Once (11) día del mes de Octubre de Dos Mil Diecisiete (2017). 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. CESAR AUGUSTO ACEVEDO.-

SECRETARIA (O)
Abg.