REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, 09 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

208º Y 159º


Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano JESUS PALACIOS , abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 41.611, con el carácter que tiene acreditado en autos, mediante la cual solicita se revoque por contrario imperio el auto de fecha 19 de Julio de 2018, en virtud de que el mismo va en contravención al artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que no se concedió el plazo para comparecer a darse por notificado, el Tribunal a los fines de proveer observa, lo siguiente:
Establece el Artículo 233 ejusdem:

"Cuando por disposición de la ley sea necesaria la notificación de las partes para la continuación del juicio, o para la realización de algún acto del proceso, la notificación puede verificarse por medio de la imprenta, con la publicación de un Cartel en un diario de los de mayor circulación en la localidad, el cual indicará expresamente el Juez, dándose un término que no bajará de diez días..."

De la norma en comento se colige que debe concederse un término que no sea menor de diez días de Despachos para la comparecencia de las partes a darse por notificados, y de la revisión del cartel de notificación librado se evidencia que no fue concedido término alguno, razón por la cual este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, se recova por contrario imperio el auto y cartel librado en fecha 19 de Julio de 2018 y en consecuencia se ordena notificar a las partes mediante cartel, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a la publicación y consignación en autos que del presente cartel se haga en el Diario El Periódico de Monagas, que se edita en esta localidad, a fin de que se den por notificados, vencido dicho lapso el cuarto (4°) día de Despacho siguientes al vencimiento de dicho lapso, a las 10:00 a.m., tendrá lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente juicio. Cúmplase.-




ABG MARY ROSA VIVENES
LA JUEZA PROVISORIA
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. MILAGRO MARIN VALDIVIEZO



Exp: 34.317
EYLEEN