REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO Y URACOA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS
Barrancas del Orinoco 30 Julio 2.018
207° y 158°
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectivo Apoderado.-
EXPEDIENTE Nº 00639. (Solicitud)
SOLICITANTES: NORITZA JOSEFINA MACHIZ DE NARVAEZ, NAYESKA, PAOLA NARVAEZ MACHIZ, DIANA CAROLINA NARVAEZ MACHIZ e IVANA ALEJANDRA NARVAEZ MACHIZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 13.403.894 – 23.606.720 – 27.325.817 y 27.325.819 respectivamente de éste domicilio y asistidas por el ciudadano Héctor Josué López Aponte, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 206.252.-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS.-
NARRATIVA
Se inició la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicas y Universales Herederas, interpuesto por la ciudadana: NORITZA JOSEFINA MACHIZ DE NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° V – 13.403.894 y de éste domicilio -. En fecha 03 Abril 2.018 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 09 de Abril de 2.018, (folio 11) este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas dicta auto mediante el cual se ADMITE la solicitud y se ordena la publicación de un Cartel de Emplazamiento a fín de emplazar a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos por la Solicitud de Declaración de Únicas y Universales Herederas.-
En fecha 10 de Mayo de 2.018, (folio 14) con diligencia introducida comparece la ciudadana NORITZA JOSEFINA MACHIZ DE NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° V – 13.403.894 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en pagina 15 Sección Sucesos de fecha 07 Mayo 2.08
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanas NORITZA JOSEFINA MACHIZ DE NARVAEZ, NAYESKA, PAOLA NARVAEZ MACHIZ, DIANA CAROLINA NARVAEZ MACHIZ e IVANA ALEJANDRA NARVAEZ MACHIZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 13.403.894 – 23.606.720 – 27.325.817 y 27.325.819 respectivamente y domiciliadas en la Avenida Negro primero, casa N° 34, en Barrancas del Orinoco y asistidas por el ciudadano Héctor Josué López Aponte, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 206.252 por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS y en consecuencia se declara a las ciudadanas: NORITZA JOSEFINA MACHIZ DE NARVAEZ, NAYESKA, PAOLA NARVAEZ MACHIZ, DIANA CAROLINA NARVAEZ MACHIZ e IVANA ALEJANDRA NARVAEZ MACHIZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 13.403.894 – 23.606.720 – 27.325.817 y 27.325.819 respectivamente y de éste domicilio como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de quien en vida se llamara ISMAEL JOSÉ NARVAEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V- 8.546.045, nacido en la población de Tucupita, estado Delta Amacuro y quien falleciera en el Instituto Clínica Cemetca por Insuficiencia Respiratoria – Evento Cerebro Vascular en fecha 31 Agosto 2.017; según Certificado emitido por la ciudadana Patólogo Dra Andrea Martínez, titular de la cédula de identidad N° V- 23.597.216 y Certificado N° 595.427 del ministerio popular para la Salud; datos aportados en el acta n° 250 en folio 250, libro del año 2.017 del libro de Defunciones llevados por la oficina de Registro Civil del Municipio Tucupita, Parroquia San José y Certificada por el ciudadano Dr. Richar José Acosta Flores, en su condición de Registrador Civil del municipio Tucupita, estado Delta Amacuro .-.----------------------------------------------
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Treinta (30) día del mes de Julio del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.- Conste.---


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez

Expte: 00639.-(solicitud).-
FANC/ Pachico