REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO Y URACOA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 21 Marzo 2.018

207° y 158°


Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente Solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectiva Apoderada.-
EXPEDIENTE Nº 00579 (Solicitud)
SOLICITANTES: PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 .-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
NARRATIVA

Se inicio la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO y OTROS, e identificados anteriormente al inicio de escrito.-
En fecha 09 Agosto 2.017 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 14 de Agosto de 2.017, (folios 01 al 15) la ciudadana solicitante solicita la presentación y se procede a la evacuación de testigos, los cuales servirán como medios probatorios consta en los folios antes identificados.-
En fecha 21 Febrero 2.018 el Juzgado emite Cartel de Emplazamiento para que la colectividad tenga conocimiento de dicha solicitud.-
En fecha 20 Marzo 2.018 corre inserto folio 19 con diligencia introducida por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DEMARCANO, titular de la cédula de identidad N° V – 2.251.607 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en la pagina 22, Sección sucesos, de fecha 27 Febrero 2.018.-
II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” y al hacer una revisión exhaustiva de los documentos que fueron presentados en ésta solicitud, DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanos PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 por los siguientes motivos: 1°) En el folio cinco (05) consta en autos fotocopia de un acta de matrimonio, marcada N°02 donde aparecen como contrayentes los ciudadanos CRUZ MANUEL MARCANO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° V- 2.442.485 y JOSEFINA MARTÍNEZ HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 2.251.607.-
2°) Consta en autos en el folio signado diez (10) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de PETRA JOSEFINA de quien se lee que nació (GEMELA) el 29 junio 1.943 3°) Consta en autos en el folio signado quince (15) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ, y quien nació 09 de Octubre 1.968, así como también se lee que la madre es la ciudadana JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Vigésimo Primer (21) día del mes de Marzo del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez




En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.- Conste.-


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez















Expte: 00579 (Solicitud)
FANC/ Pachico

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 21 Marzo 2.018

207° y 158°


Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente Solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectiva Apoderada.-
EXPEDIENTE Nº 00579 (Solicitud)
SOLICITANTES: PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 .-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
NARRATIVA

Se inicio la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO y OTROS, e identificados anteriormente al inicio de escrito.-
En fecha 09 Agosto 2.017 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 14 de Agosto de 2.017, (folios 01 al 15) la ciudadana solicitante solicita la presentación y se procede a la evacuación de testigos, los cuales servirán como medios probatorios consta en los folios antes identificados.-
En fecha 21 Febrero 2.018 el Juzgado emite Cartel de Emplazamiento para que la colectividad tenga conocimiento de dicha solicitud.-
En fecha 20 Marzo 2.018 corre inserto folio 19 con diligencia introducida por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DEMARCANO, titular de la cédula de identidad N° V – 2.251.607 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en la pagina 22, Sección sucesos, de fecha 27 Febrero 2.018.-
II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” y al hacer una revisión exhaustiva de los documentos que fueron presentados en ésta solicitud, DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanos PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 por los siguientes motivos: 1°) En el folio cinco (05) consta en autos fotocopia de un acta de matrimonio, marcada N°02 donde aparecen como contrayentes los ciudadanos CRUZ MANUEL MARCANO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° V- 2.442.485 y JOSEFINA MARTÍNEZ HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 2.251.607.-
2°) Consta en autos en el folio signado diez (10) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de PETRA JOSEFINA de quien se lee que nació (GEMELA) el 29 junio 1.943 3°) Consta en autos en el folio signado quince (15) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ, y quien nació 09 de Octubre 1.968, así como también se lee que la madre es la ciudadana JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Vigésimo Primer (21) día del mes de Marzo del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez




En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.- Conste.-


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez















Expte: 00579 (Solicitud)
FANC/ Pachico








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 21 Marzo 2.018

207° y 158°


Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente Solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectiva Apoderada.-
EXPEDIENTE Nº 00579 (Solicitud)
SOLICITANTES: PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 .-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
NARRATIVA

Se inicio la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO y OTROS, e identificados anteriormente al inicio de escrito.-
En fecha 09 Agosto 2.017 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 14 de Agosto de 2.017, (folios 01 al 15) la ciudadana solicitante solicita la presentación y se procede a la evacuación de testigos, los cuales servirán como medios probatorios consta en los folios antes identificados.-
En fecha 21 Febrero 2.018 el Juzgado emite Cartel de Emplazamiento para que la colectividad tenga conocimiento de dicha solicitud.-
En fecha 20 Marzo 2.018 corre inserto folio 19 con diligencia introducida por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DEMARCANO, titular de la cédula de identidad N° V – 2.251.607 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en la pagina 22, Sección sucesos, de fecha 27 Febrero 2.018.-
II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” y al hacer una revisión exhaustiva de los documentos que fueron presentados en ésta solicitud, DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanos PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 por los siguientes motivos: 1°) En el folio cinco (05) consta en autos fotocopia de un acta de matrimonio, marcada N°02 donde aparecen como contrayentes los ciudadanos CRUZ MANUEL MARCANO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° V- 2.442.485 y JOSEFINA MARTÍNEZ HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 2.251.607.-
2°) Consta en autos en el folio signado diez (10) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de PETRA JOSEFINA de quien se lee que nació (GEMELA) el 29 junio 1.943 3°) Consta en autos en el folio signado quince (15) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ, y quien nació 09 de Octubre 1.968, así como también se lee que la madre es la ciudadana JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Vigésimo Primer (21) día del mes de Marzo del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez




En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.- Conste.-


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez















Expte: 00579 (Solicitud)
FANC/ Pachico







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 21 Marzo 2.018

207° y 158°


Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente Solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectiva Apoderada.-
EXPEDIENTE Nº 00579 (Solicitud)
SOLICITANTES: PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 .-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
NARRATIVA

Se inicio la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO y OTROS, e identificados anteriormente al inicio de escrito.-
En fecha 09 Agosto 2.017 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 14 de Agosto de 2.017, (folios 01 al 15) la ciudadana solicitante solicita la presentación y se procede a la evacuación de testigos, los cuales servirán como medios probatorios consta en los folios antes identificados.-
En fecha 21 Febrero 2.018 el Juzgado emite Cartel de Emplazamiento para que la colectividad tenga conocimiento de dicha solicitud.-
En fecha 20 Marzo 2.018 corre inserto folio 19 con diligencia introducida por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DEMARCANO, titular de la cédula de identidad N° V – 2.251.607 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en la pagina 22, Sección sucesos, de fecha 27 Febrero 2.018.-
II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” y al hacer una revisión exhaustiva de los documentos que fueron presentados en ésta solicitud, DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanos PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 por los siguientes motivos: 1°) En el folio cinco (05) consta en autos fotocopia de un acta de matrimonio, marcada N°02 donde aparecen como contrayentes los ciudadanos CRUZ MANUEL MARCANO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° V- 2.442.485 y JOSEFINA MARTÍNEZ HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 2.251.607.-
2°) Consta en autos en el folio signado diez (10) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de PETRA JOSEFINA de quien se lee que nació (GEMELA) el 29 junio 1.943 3°) Consta en autos en el folio signado quince (15) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ, y quien nació 09 de Octubre 1.968, así como también se lee que la madre es la ciudadana JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Vigésimo Primer (21) día del mes de Marzo del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez




En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.- Conste.-


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez















Expte: 00579 (Solicitud)
FANC/ Pachico



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS

Barrancas del Orinoco 21 Marzo 2.018

207° y 158°


Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en la presente Solicitud intervienen las siguientes personas como partes y su respectiva Apoderada.-
EXPEDIENTE Nº 00579 (Solicitud)
SOLICITANTES: PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 .-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
NARRATIVA

Se inicio la presente acción mediante solicitud por Acción Mero Declarativa de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO y OTROS, e identificados anteriormente al inicio de escrito.-
En fecha 09 Agosto 2.017 fue recibida la Solicitud por la secretaria de este Juzgado.-
En fecha 14 de Agosto de 2.017, (folios 01 al 15) la ciudadana solicitante solicita la presentación y se procede a la evacuación de testigos, los cuales servirán como medios probatorios consta en los folios antes identificados.-
En fecha 21 Febrero 2.018 el Juzgado emite Cartel de Emplazamiento para que la colectividad tenga conocimiento de dicha solicitud.-
En fecha 20 Marzo 2.018 corre inserto folio 19 con diligencia introducida por la ciudadana PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DEMARCANO, titular de la cédula de identidad N° V – 2.251.607 en la cual procede a consignar publicación del diario “El Periódico del Delta” en la pagina 22, Sección sucesos, de fecha 27 Febrero 2.018.-
II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley” y al hacer una revisión exhaustiva de los documentos que fueron presentados en ésta solicitud, DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por los ciudadanos PETRA JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO, KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ Y DIONICIO ISAIAS MARCANO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V – 2.251.507 – 9.287.718 y 13.814.575 respectivamente; domiciliados en la calle Bolívar, casa S/n, sector Pablo Morillo; en la población de Uracoa, municipio Uracoa, estado Monagas y asistidos por la ciudadana Marisol Veracierta García, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.612 por los siguientes motivos: 1°) En el folio cinco (05) consta en autos fotocopia de un acta de matrimonio, marcada N°02 donde aparecen como contrayentes los ciudadanos CRUZ MANUEL MARCANO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° V- 2.442.485 y JOSEFINA MARTÍNEZ HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 2.251.607.-
2°) Consta en autos en el folio signado diez (10) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de PETRA JOSEFINA de quien se lee que nació (GEMELA) el 29 junio 1.943 3°) Consta en autos en el folio signado quince (15) fotocopia de una partida de nacimiento a nombre de KARELYS GREGORIA MARCANO MARTÍNEZ, y quien nació 09 de Octubre 1.968, así como también se lee que la madre es la ciudadana JOSEFINA MARTÍNEZ DE MARCANO.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.-
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco, al Vigésimo Primer (21) día del mes de Marzo del año 2.018.- AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo

La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez




En esta misma fecha, siendo las 9:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.- Conste.-


La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez















Expte: 00579 (Solicitud)
FANC/ Pachico