REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 07 de Enero de 2020.
209º y 160º


Visto que en fecha 07/01/2020, se encontraba fijada celebrar audiencia del Dispositivo Oral del Fallo, en el presente asunto, esta juzgadora antes de pronunciarse en la misma, considera oportuno y en acatamiento a uno de los principios fundamentales del proceso ordinario agrario (inmediación), considera imperativo quien aquí suscribe antes de decidir y tomando en cuenta que desde el momento que se decreta la medida de protección agraria han transcurrido mas de 12 meses es decir desde el 13/08/2018, hasta la presente fecha y en virtud que nuestra doctrina y los aportes jurisprudenciales de nuestro máximo tribunal, han sido precisos y determinantes a la hora de establecer cuales son los elementos que deben concurrir en campo a los fines de que se configure la emisión de los decretos de las medidas de protección agroalimentarias o autosatisfactivas, e igualmente hace especial distinción entre las instituciones del Derecho Agrario, establecidas en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, esto es Acciones Posesorias. Reivindicatorias, Deslinde Judiciales entre otras. Figuras estas establecidas en la norma adjetiva civil pero que deben ser agrarizadas y tratadas tomando en consideración que el bien jurídico tutelado en estos procesos de agrariedad.

Planteado lo anterior y a los fines de dar continuidad al presente asunto el cual se encuentra en el estado de dictar dispositivo oral del fallo y garantizando el derecho a la defensa y en acatamiento del principio finalista del proceso, dispuesto por el constituyente en el articulo 257 constitucional, se acuerda efectuar Inspección Judicial en el lote de terreno denominado HACIENDA SANTA JOSEFA, ubicado en el sector la Mesa del Purgatorio, Parroquia Aguasay, Municipio Aguasay del Estado Monagas constante de trescientos nueve hectáreas con ocho mil setecientos sesenta metros cuadrados (309 ha 8760 mts2) alinderadas de la siguiente manera; NORTE: terreno ocupado por Ricardo Vita y carretera Principal de Sector la Mesa del Purgatorio, SUR; Terrenos ocupado por Sucesión García; ESTE; carretera Principal de Sector la Mesa del Purgatorio y OESTE; terreno ocupado por Pedro Rodríguez; el día viernes 10/01/2020, a las ocho en punto de la mañana (8:00 am), de conformidad con el articulo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; asimismo se hace de su conocimiento que una vez realizada la misma y en aras de mantener una justicia expedita, transparente y sin dilataciones se fijara para el tercer día de despacho siguiente a la inspección, para dictar Dispositivo Oral del Fallo. en consecuencia, se ordena oficiar al Destacamento Zona N° 51 de la Guardia Nacional Bolivariana de la República Bolivariana del estado Monagas, con copia al Teniente Coronel Héctor Hernández, a objeto que preste la colaboración y asigne a tres (03) funcionarios entre ellos una (01) femenina, para el Resguardo de esta Instancia Superior Agraria y a la Oficina Regional de Tierras ORT Monagas (INTI), con el fin de asignarnos (01) Ingeniero Agrónomo adscrito a dicha institución, a los fines de prestar asesoría técnica, Líbrense los oficios respectivos.
La Jueza,

ROJEXI TENORIO NARVÁEZ
La Secretaria,

CARMEN BELEN MARTINEZ







Exp. Nº 0534 -2019
RTN/CBM/