REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 14 de Marzo de 2022
211º y 162º

Visto que por error involuntario, ésta Instancia Superior Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia Transitoria en el Estado Delta Amacuro, remitió mediante oficio N° 0054-21 de fecha 17/11/2021, expediente N° 0256-2013, contentivo de Querella Interdictal de Amparo (Recurso de Apelación), al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en virtud de la sentencia de fecha 08/03/2017 (Folios 354 al 359), proferida por este Juzgado Superior Agrario, la cual declara entre otras cosas el DECAIMIENTO DE LA APELACIÓN, siendo lo correcto sea enviado a su tribunal de origen, Juzgado Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia se subsana el error y por cuanto se observa que se encuentra vencido el lapso previsto en el artículo 235 de la ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que las partes hicieran uso de tal derecho; la declara firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio.
La Jueza Provisoria,

ROJEXI J. TENORIO NARVAEZ

La Secretaria,

LISMARI D. EURRIETA BRITO



Exp. N°. 0256-2013.-
RJTN/LDEB/