REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, (15) de Noviembre del 2022
212º y 163º


En vista el escrito de reforma consignado por la ciudadana ROCÍO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.125.185, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 258.641, número de teléfono: 0424-9181634, correo electrónico: rociolopg93@gmail.com, en su carácter de apoderada judicial de la ASOCIACION CIVIL INTERNATIONAL SCHOOL OF MONAGAS, constituida mediante documento inscrito por ante la Oficina Subalterna de Registro Público en la fecha 12/06/1997, bajo el N° 17, Protocolo 1, Tomo 38, Segundo Trimestre y posteriormente transformada de Sociedad Civil a Asociación Civil, tal como consta en Acta de Asamblea General de fecha 20/11/2001; por medio del cual procede a REFORMAR LA DEMANDA en la causa por motivo de CUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE PAGO; En tal sentido, este juzgador luego de una revisión exhaustiva de la reforma de la demanda propuesta por la parte, observa este Tribunal, que no han cambiado las razones y motivos, por la que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, declinó su incompetencia en razón de la materia de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que siguen involucrado dos menores de edad, los cuales son hijos de los sujetos procesales que intervienen en la presente controversia, en vista de que, él fuero atrayente es el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, entendiéndose que los derechos e intereses de estos, pudieran ser afectados, por lo que este Tribunal, seguirá en espera de la decisión, sobre la regulación de competencia ejercida por la parte demandante, sea decidida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Es todo.

El Juez,

Gustavo Posada

La Secretaria,


Milagro Palma



Exp. Nº 16.879
Abg. GP/IL