REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURÍN, 13 DE OCTUBRE DE 2022
212º Y 163º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:

CONSIGNATARIA: IRENE MARIELA MOREY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.916.456 y de este domicilio, representante legal de la Sociedad Mercantil Corporación Monaguense Santa Lucia, C.A
ABOGADA ASISTENTE: LIBIA MATILDE RODRIGUEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Numero 196.533 y de este domicilio.
BENEFICIARIO: JUAN JOSE ANDRIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.028.526 y de este domicilio.
MOTIVO: CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO
CONSIGNACION N°: 1681

UNICO
Vista la consignación recibida por Distribución en fecha 12-08-2022 realizada por la ciudadana IRENE MARIELA MOREY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.916.456 y de este domicilio, representante legal de la Sociedad Mercantil Corporación Monaguense Santa Lucia, C.A, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio LIBIA MATILDE RODRIGUEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Numero 196.533 y de este domicilio, a favor del Ciudadano JUAN JOSE ANDRIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.028.526 y de este domicilio. En fecha 20 de septiembre de 2022 se le dio entrada y se procedió a formar el expediente correspondiente, Ahora bien este Tribunal previo a su pronunciamiento sobre su admisión o no, dicto auto de fecha 04 de octubre de 2022 a los fines que CONSIGNE DOCUMENTO QUE ACREDITE O HAGA CONSTAR LA RELACION ARRENDATICIA A LA QUE HACE REFERENCIA, QUE DATA DE SESENTA AÑOS DE DURACION, para ello se le concedió un lapso perentorio de Cinco (05) días de despacho. Este Tribunal estima que lo solicitado en el despacho saneador es fundamental a los fines de tramitar la presente demanda, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribunal a tales fines, no le queda más a este juzgado que inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley para su tramitación. Y así se decide.-

Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la acción de CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO , intentado por la ciudadana IRENE MARIELA MOREY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.916.456 y de este domicilio, representante legal de la Sociedad Mercantil Corporación Monaguense Santa Lucia, C.A, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio LIBIA MATILDE RODRIGUEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Numero 196.533 y de este domicilio, a favor del Ciudadano JUAN JOSE ANDRIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.028.526 y de este domicilio. Así decide.-
Publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Regístrese y déjese copia de la presente sentencia en los copiadores llevados ante este tribunal.
Dado firmado y sellado en la sala de despacho de este Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a 13 días del mes de Octubre del año 2022.- Años 212° de la independencia y 163° de la Federación.-

LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN


En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m. se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN


MRM/MAG/Josemartinez
Consignación Nro. 1681