REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Trece (13) de Enero del 2023.-

Años: 212º y 163º


Luego de una revisión del primer cartel de remate librado por este Tribunal en fecha 29 de Noviembre del 2022, se evidencia que el mismo no indica que el remate del bien inmueble recaerá sobre el 65% del bien, Es por lo que este Tribunal para garantizar el derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, deja sin efecto el auto y el primer cartel de remate que corren insertos a los folios ( 85 y 86) de fecha 29 de Noviembre del 2022 y se acuerda librar nuevo cartel con las correcciones pertinentes.
De Conformidad con el establecido en el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil: "Los Jueces garantizarán el derecho de defensa, y mantendrán a las partes en los derechos y facultades comunes a ellas, sin preferencia ni desigualdades y en los privativos de cada una, las mantendrán respectivamente, según lo acuerde la ley a la diversa condición que tengan en el juicio, sin que puedan permitir ni permitirse ellos extralimitaciones de ningún género".-
Ahora bien, la norma citada indica a los Jueces la obligación e importancia de mantener a las partes en igualdad y sin preferencias de ningún tipo, evitando vicios en la tramitación y sustanciación del proceso, todo en aras de evitar el menoscabo de formas esenciales del procedimiento, que puedan causar indefensión para alguna de las partes integrantes de la relación procesal.

En consecuencia visto que el inmueble embargado se encuentra ubicado en el Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui, acuerda de conformidad. En consecuencia expídase el PRIMER CARTEL DE REMATE, el cual será publicado en el diario EL ORIENTAL, que se edita en esta localidad y en el periódico EL TIEMPO, que edita en la localidad donde se encuentra el bien inmueble, de conformidad con el artículo 551 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Cartel.


MARY VIVENES VIVENES
JUEZA
MILAGRO MARÍN VALDIVIEZO
SECRETARIA

En esta misma fecha se libró el cartel ordenado. Conste.
La Stria.

Exp. N° 34.789 JUZ-1-PRI-PRI-INS-C-M-T/