JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.-
Maturín, 20 de Marzo de 2023.
212º y 164°
Vista la diligencia cursante al folio 70, suscrita por la abogada ANGELA RONDON, inscrita en el inpreabogado bajo en Nro 44.911, mediante la cual solicita se decreta medida de Embargo Provisional, sobre bienes propiedad de la parte demandada, Empresa DROGUERIA FULL TIME, C.A, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circusncripcion Judicial del Estado Sucre, en fecha 11 de enero del 2001, bajo el nro. 65, Tomo A-03, Rif- J-30769579-0, en la persona del ciudadano JOSE NICOLAS EL CHAER ELIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 20.645.001, en su condición de Director de la empresa demandada, y dado el escrito consignado por el abogado JOSE RICARDO COLINA, IPSA Nro 29.113, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MEGAFARMA, C.A, cursante al folio 71 al folio 83, consistente en el pago de las facturas que cursan en las actas, este Tribunal evidencia que no se cumple los extremos que indica, el articulo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido este Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto debatido, niega la medida solicitada. Es todo.
El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa
La Secretaria,

Abg. Milagro Palma




GPV/YH
Exp. Nº 16.929