JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.-

Maturín, Veintiuno (21) de Marzo de 2023.-
212° y 164°
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se deja constancia que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes:

PARTE DEMANDANTE: ANTONIO JOSE BASTARDO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V- 24.501.148, domiciliado en el Bloque 3, Letra A, Apartamento numero 3, de la Urbanización Cúcuta, Sector Mercado Nuevo, de esta Ciudad de Maturín, estado Monagas, con número telefónico: 0412-8695245, correo electrónico: Antonio_bh@outlook.com; quien a su vez actúa en su condición de Socio y Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A; empresa debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, bajo el nro. 272, del Tomo 25 ARM MAT, correspondiente al año 2018.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: JANETT PAREJO MAURERA, DORIS MARIA MARCANO GUZMAN y MARIA MILAGROS VILLALBA, abogadas en ejercicio, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 30.066, 29.845 y 106.779, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SUSAN YANET FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.169.204, domiciliada en la Urbanización Los Girasoles, casa nro. 327, Parroquia La Cruz, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, número telefónico: 0424-9069729, y correo electrónico: susanfigu@gmail.com, quien actúa en su condición de Socia y Vice-presidenta de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAFAEL ITRIAGO SANCHEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 26.855.

MOTIVO: RENDICION DE CUENTAS.

EXPEDIENTE: Nº 16.791

Breve narración de los hechos.-
El presente juicio se admitió en fecha siete (07) de Febrero del 2022, donde los abogados en ejercicio, HILLYA D’ VIENA VALDERREY MARCANO Y JUAN VELASQUEZ SANTAMARIA, inscritos en el inpreabogado bajo los nros. 49844 y 41947 respectivamente, en sus caracteres de apoderados judiciales del ciudadano ANTONIO JOSE BASTARDO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V- 24.501.148; quien a su vez actúa en su condición de Socio y Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A; empresa debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, bajo el nro. 272, del Tomo 25 ARM MAT, correspondiente al año 2018, demandó por motivo de RENDICION DE CUENTAS, a la ciudadana SUSAN YANET FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.169.204, en su condición de Socia y Vice-presidenta de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A. Admitida la demanda, se libro boleta de intimacion a la demandada; posteriormente se libro cartel de intimacion de conformidad al articulo 650 de la Ley Adjetiva Civil. En fecha 10/05/2022 la parte demandada consigna escrito solicitando la reposicion de la causa. Y para el 18/05/2022 presenta escrito de Oposicion al procedimiento. La parte demandante presenta revocacion de poder en fecha 03/06/2022, otorgando poder apud acta a las abogadas en ejercicio. JANETT PAREJO MAURERA, DORIS MARIA MARCANO GUZMAN y MARIA MILAGROS VILLALBA, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 30.066, 29.845 y 106.779, respectivamente. En fecha 03/06/2022 la co-apoderada de la parte demandante solicita medida cautelar de embargo, este Tribunal apertura cuaderno de medidas en fecha 08/06/2022, y niega la solicitud. En fecha 08/06/2022 la parte demandada opone cuestiones previas, y en fecha 15/06/2022 la parte demandante procede a contestar las cuestiones previas invocadas por la parte demandada. En fecha 15/06/2022 se celebra Audiencia Conciliatoria entre las partes, acordando de mutuo acuerdo suspender la causa a los fines de poder alcanzar la resolucion efectiva del conflicto. En fecha 16/03/2023 ambas partes presentan escrito, en el cual dedidamente asistido, la parte demandante desiste de la accion y del procedimiento de la presente causa, y la parte demandada, debidamente representada, ha aceptado expresamente y declara que nada tiene que reclamar al demandante.
Ahora bien, el desistimiento constituye una de las figuras jurídicas a través de la cual la parte actora puede extinguir por vía excepcional el proceso, al declarar libre, expresa y espontáneamente ante un funcionario competente la renuncia de sus pretensiones, corresponde a este Tribunal determinar si el firmante tiene legitimación procesal para realizarla, por ser titular del derecho, tiene a su vez facultad expresa para desistir y disponer del derecho en litigio, y así ponerle fin al juicio.
Al respecto el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, señala:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda… El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…”
En atencion a lo establecido en el articulo 264 y 265 eiusdem, este Tribunal evidencia de la actuación que se analiza, que la parte actora, ANTONIO JOSE BASTARDO HERRERA, en su condición de Socio y Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A, plenamente identificado; compareció debidamente representado y desistió de la accion y del procedimiento en el presente juicio, por lo que no estando prohibida la materia sobre la cual versa el desistimiento, y tal como se evidencia, se desprende de autos que la parte demandada, SUSAN YANET FIGUEROA, en su condición de Socia y Vice-presidenta de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A, debidamente representada, ha aceptado expresamente el desistimiento presentado por la parte demandante y declara que nada tiene que reclamar, siendo así, es forzoso concluir que dicha actuación a los efectos pretendidos, lleva a declarar la procedencia del desistimiento. Y así se declara.-

DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento de la accion y del presente procedimiento formulado por el ciudadano ANTONIO JOSE BASTARDO HERRERA, en su condición de Socio y Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A; representado por la abogada, JANETT PAREJO MAURERA, co-apoderada judicial, inscrita en el inpreabogado Nro. 30.066, en el presente juicio por motivo de RENDICION DE CUENTAS, interpuesto en contra de la ciudadana SUSAN YANET FIGUEROA, en su condición de Socia y Vice-presidenta de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPBAST, C.A.
No hay condenatoria en costas por cuanto la parte demandada ha aceptado expresamente el desistimiento presentado por la parte demandante.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión y notifíquese de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, Veintiuno (21) de Marzo de 2023.-
El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa.
La Secretaria,


Abg. Milagro Palma.


En esta misma fecha, siendo las dos de la tarde (2:00p.m), se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
La Secretaria,


Abg. Milagro Palma.
GPV/MP/mjc
Exp. Nº.16.791